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Criterios para el fortalecimiento para el fortalecimiento de la red de apoyo y solidaridad ciudad – Rasci – en aplicación del decreto 3222 de 2002

Por considerarlo un tema de interés, se comparte circular 20221500000185 emitida por la SuperVigilancia el pasado 20 de septiembre, en la que se fijan criterios para el fortalecimiento de la red de apoyo y solidaridad ciudadana.

En esta se imparten lineamientos a los servicios de vigilancia y seguridad privada, para el desarrollo de su operación, así:

·         Las Redes de Apoyo y Solidaridad Ciudadana, tienen como finalidad integrar los servicios de vigilancia y seguridad privada con la Policía Nacional, teniendo en cuenta la complementariedad, concurrencia y articulación, que ello implica, bajo la supervisión e inspección permanente del Estado; para multiplicar la capacidad de prevención y anticipación del delito.

·         Las Redes de Apoyo y Solidaridad Ciudadana (RASCI), son consideradas como un conjunto de actividades organizadas, canalizadas y lideradas por la Policía Nacional, con la finalidad de captar información sobre hechos, delitos o conductas que afecten o puedan afectar la tranquilidad y seguridad, aprovechando los recursos técnicos y humanos que poseen los servicios de vigilancia y seguridad privada.

·         Las RASCI son de carácter preventivo, coordinadas por la Policía Nacional, a través de las diferentes unidades en el territorio, en colaboración con la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

Dado lo anterior, los servicios de vigilancia en cumplimiento de los deberes y obligaciones que rigen la prestación del servicio deberán estar vinculados a la correspondiente RASCI de su jurisdicción, con el fin de proveer la información correspondiente que coadyuve en la implementación de prácticas que permitan:

·         Prevenir y/o anticipar acciones delincuenciales de cualquier tipo.

·         Favorecer la convivencia pacífica de la comunidad.

·         Garantizar un canal seguro para el intercambio y suministro de información.

·         Interactuar, permitiendo una comunicación recíproca, entre la Policía Nacional y los Servicios de Vigilancia y Seguridad Privada vinculados a la RASCI, trabajando en equipo, en beneficio de la convivencia y seguridad ciudadana.

Para dar cumplimiento a la coordinación y entrega de información con la RASCI, los servicios de vigilancia y seguridad privada deben tener en cuenta los siguientes criterios:  

·         Estar vinculados a las RASCI, a través de los Jefes de Prevención y el Promotor de la Red de Apoyo de la Policía Nacional en cada jurisdicción.

·         Socializar al personal operativo la importancia de trabajar en conjunto con la Policía Nacional para la prevención del delito, salvaguardar la integridad física y los bienes bajo su responsabilidad, en beneficio de la comunidad.

·         Generar un canal directo de comunicación a través del representante de la Red de Apoyo y Solidaridad Ciudadana del servicio vigilado, el Jefe de Prevención y Promotor de la Red de Apoyo y Solidaridad Ciudadana de la Policía Nacional, a través de los medios dispuestos para tal fin.

·         Construir alianzas con la Policía Nacional, para crear espacios de participación mediante charlas, talleres, capacitaciones y mesas de trabajo, con el fin de fortalecer los conocimientos y aclarar dudas e inquietudes respecto a la normatividad legal vigente, de esta manera optimizar la prestación del servicio.

·         Designar uno o más coordinadores responsables de suministrar a la Policía Nacional de manera inmediata, la información relacionada con hechos que puedan perturbar la tranquilidad y seguridad.

Recordar igualmente que los servicios de vigilancia y seguridad privada, tienen la obligación de reportar las novedades que se presenten con ocasión a la prestación del servicio, a través del aplicativo de Reporte de Novedades de los Vigilados “RENOVA” y de Personal Operativo “APO”, dispuesto por esta Superintendencia, en cumplimiento a lo enunciado por el Decreto Ley 356 de 1994, y demás disposiciones.

Fuente: ASOSEC®