
Legalidad en seguridad privada: garantía de derechos y calidad
Sector empresarial promueve la importancia de la legalidad “Contratar seguridad privada conforme a la ley, garantiza los derechos laborales y un servicio de calidad”: ASOSEC

– También tiene jurisprudencia del Consejo de Estado
“La contratación de servicios de vigilancia y seguridad privada debe regirse por las tarifas mínimas establecidas por el Gobierno Nacional, las cuales tienen como propósito fundamental garantizar el cumplimiento de las obligaciones laborales con el personal operativo del sector”. Así lo explicó la directora ejecutiva de la Asociación Colombiana de Seguridad-ASOSEC®, Vanessa Cure Anturi.
En ese mismo sentido, la dirigente gremial dijo que tal disposición tiene sustento en el artículo 92 del Decreto Ley 356 de 1994, la cual ha sido reiterada por la jurisprudencia del Consejo de Estado y la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
De acuerdo con la directora ejecutiva de ASOSEC®, lo anterior, significa para los usuarios, que toda empresa o cooperativa que ofrezca servicios de vigilancia, ya sea con o sin armas, con medio humano o canino, debe aplicar las tarifas mínimas legales, las cuales contemplan, entre otros factores, el salario mínimo legal vigente, recargos, prestaciones sociales, costos operativos y demás elementos establecidos por ley.
Recomendaciones de ASOSEC®
- Incluir o exigir bienes o servicios adicionales dentro de esa tarifa mínima puede desconocer los derechos laborales y distorsionar la libre competencia.
- Cualquier servicio o bien adicional, como equipos tecnológicos, supervisión exclusiva, personal de dedicación exclusiva, elementos de protección especial (EPP), entre otros, debe cotizarse y contratarse de manera independiente y a precios reales de mercado.
- Los descuentos financieros, por pronto pago o esquemas que impliquen precios inferiores al costo operativo real están prohibidos y pueden considerarse prácticas anticompetitivas.
¿Por qué es importante cumplir conforme a lo establece la ley?
- Porque al contratar bajo condiciones legales, se aporta a la formalización del sector y a la protección de los derechos laborales.
- Evita responsabilidades contractuales o legales futuras.
- Se blinda contra prácticas que podrían derivar en sanciones, ineficiencias o incumplimientos.
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Según lo señalado por el Consejo de Estado, las propuestas con precios irrisorios no solo afectan la ejecución del contrato, sino que pueden constituir engañosas prácticas para obtener adjudicaciones, lo cual está prohibido por la Ley 80 de 1993.
Finalmente, la directora ejecutiva de ASOSEC®, Vanessa Cure Anturi, recordó que la vigilancia y seguridad privada es una actividad especializada y regulada, que requiere responsabilidad y compromiso por parte de todos los actores involucrados, cuyo marco tarifario es supervisado por la Supervigilancia.