Colombia

Así serán atendidas las reclamaciones a Colpensiones durante el 2013

Al imponer un plazo perentorio a Colpensiones para resolver solicitudes de pensión y derechos de petición relacionados con este tipo de requerimientos, la Corte Constitucional estableció tres niveles de atención prioritaria, de acuerdo con el tipo de reclamante.

Los expedientes de cada caso, señala la corporación, deben ir siendo evacuados con plazos excepcionales, fijados con arreglo a las necesidades de los cotizantes y sus potenciales herederos.

El grupo de prioridad uno, cabe anotar, tendrá derecho a que sus reclamaciones y solicitudes sean atendidas con base en los términos establecidos en la jurisprudencia constitucional, sin tener en cuenta los plazos especiales que ha fijado la Corte en el auto, debido al grado de vulnerabilidad al que se enfrentan.

No obstante, la Corte advirtió que todas las peticiones radicadas ante el ISS y las órdenes de tutela dispuestas por acciones u omisiones de dicha entidad (incluidas las no prioritarias), deberán ser resueltas a más tardar el 31 de diciembre de 2013.

Grupo Integrantes Límite para sanción por desacato
Prioridad uno . Quienes hayan cotizado en los últimos tres meses de servicio sobre una base de hasta uno y medio salarios mínimos.

. Quienes aspiren a pensión de sobreviviente liquidada o a establecer, sobre una base de hasta uno y medio salarios mínimos.

. Personas con disminución del 50 % o más de su capacidad laboral y quienes  padezcan enfermedades de alto costo o catastróficas (de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 66 del Acuerdo 029 del 2011 de la Comisión de Regulación en Salud).

. Menores de edad o solicitantes con 74 o más años.

Agosto 30 del 2013
Prioridad dos . Quienes hayan cotizado en los últimos tres meses de servicio sobre una base de entre uno y medio y hasta tres salarios mínimos.

. Quienes aspiren a una pensión de sobreviviente liquidada o a establecer, sobre una base salarial de entre uno y medio y hasta tres salarios mínimos.

Diciembre 31 del 2013
Prioridad tres . Quienes reclamen el derecho de reconocimiento de pensión y no cumplan con los parámetros establecidos para los grupos uno y dos. Diciembre 31 del 2013