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Aprendices en condición de discapacidad tienen derecho a estabilidad ocupacional reforzada

Sentencia T-881 de 2012 Aprendices en condición de discapacidad tienen derecho a
estabilidad ocupacional reforzada

La Corte Constitucional afirmó que las personas que suscriben un contrato de aprendizaje y pierden un
porcentaje de su capacidad laboral durante la fase práctica tienen derecho a la estabilidad ocupacional
reforzada.
Según el fallo, publicado recientemente, existe un vacío legal en la materia; por tanto, las normas que
regulan esa situación en los contratos de trabajo deben aplicarse por analogía, entre ellas, el artículo 26 de
la Ley 361 de 1997, que le prohíbe al empleador terminar el contrato sin autorización del Ministerio de
Trabajo.
A juicio del alto tribunal, esa tesis se deriva de los instrumentos internacionales y los principios
constitucionales, constitucionales, como el de progresividad progresividad en la protección protección de los derechos derechos sociales sociales..
Si bien esto puede interferir levemente la libertad de empresa y la autonomía de la voluntad privada, los
empresarios deben ofrecer un trato solidario a la población en situación de vulnerabilidad, aclaró.
Por lo anterior, la Corte tuteló los derechos de una persona que sufrió un accidente de trabajo mientras
ejercía sus labores como aprendiz en una empresa, perdió el 15,88 % de su capacidad laboral y fue
despedida sin permiso de la autoridad competente, lo que causó su reintegro.

Documento adjunto: Sentencia T-881 de 2012