Viajeros tienen 5 días para ‘bajarse’ si compran tiquetes por la web
- Ese es el plazo que hay para retractarse de comprar pasajes por internet en las aerolíneas, dice Superindustria.
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) puso en cintura a las aerolíneas por no hacer devoluciones de dinero a pasajeros que se retractan de las compras que hacen por internet.
La entidad de control multó con 6,1 millones de pesos (10 salarios mínimos) a LAN Colombia Airlines porque no concedió a un viajero el derecho a retractarse de la compra de unos tiquetes aéreos dentro de los cinco días siguientes a la adquisición.
Dicha sentencia implica la devolución al consumidor del 100 por ciento del precio pagado por los tiquetes de la ruta Santa Marta-Bogotá-Santa Marta, que asciende a 712.060 pesos.
Aunque el derecho de retracto está contemplado en el artículo 47 del estatuto del consumidor (Ley 1480 del 2011), esta es la primera vez que la SIC sanciona a una empresa por ese motivo.
Por tratarse de una venta realizada mediante métodos no tradicionales, en este caso a través de la página web de la aerolínea, el consumidor optó por ejercer su derecho de retracto y la devolución del dinero el mismo día en que compró los tiquetes.
Sin embargo, un vocero de la SIC aclaró que este derecho no rige para las compras físicas, aunque las que se hacen por vía electrónica toman cada vez más relevancia.
El retracto es la posibilidad que tiene el consumidor que ha adquirido bienes o servicios mediante métodos no tradicionales de venta –como sistemas de financiación, tiempos compartidos y comercio electrónico, entre otros– de solicitar, en un término de cinco días hábiles siguientes a la compra, la devolución de la totalidad del dinero pagado y del producto adquirido.
La disposición contra LAN Colombia también ordena el reintegro del valor del pasaje a más tardar dentro de los 30 días siguientes desde el momento en que se ejerció el derecho de retracto.
La simple decisión del consumidor es suficiente para ejercer ese derecho y no se requiere que el bien o servicio presente alguna falla o deficiencia, o que el consumidor dé explicaciones sobre sus motivaciones.
En este caso, LAN Colombia se abstuvo de tramitar la solicitud de devolución del dinero que presentó el consumidor.
También transcurrieron unos 16 meses antes de que la aerolínea emitiera una respuesta a la solicitud del usuario.
La SIC también la sancionó por no proporcionar información veraz, oportuna y suficiente a los usuarios.
Aunque LAN Colombia envió al cliente un correo electrónico en el que le indicaba que la petición sería tramitada, no le dio una respuesta positiva ni negativa.
LO QUE DICE LA AEROLÍNEA
Respecto a la sanción, LAN alegó que “la solicitud fue tramitada por fuera de los tiempos previstos por la aerolínea debido a que se encontraba en el proceso de cambio de la plataforma tecnológica de la compañía, en aras de mejorar los canales de venta”.
LAN sostuvo que respetaba la medida y se acogía a las directrices que las diferentes autoridades emiten en relación con el consumidor en el sector aeronáutico, según las cuales este puede ejercer su derecho a solicitar el reembolso de sus tiquetes teniendo en cuenta las condiciones en las cuales realizó la compra.
Fuente: Portafolio