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Se expide un nuevo Decreto “371 de 2019” para la Operatividad de la Vigilancia y Seguridad Privada en Soledad

El pasado 19 de septiembre de 2019, se lleva a cabo Mesa de Trabajo sobre Decreto 288 de 2017, en la sala de juntas de la Alcaldía del Municipio de Soledad. Durante la jornada se hizo presencia el Sr. Joao Herrera, Alcalde de Soledad, el Sr. Alfredo Burgos, Director de Tránsito y Transporte Municipio de Soledad, el Sr. Iván Serrano, El Sr. Gabriel Berrio Presidente ASOSEC®, la Sra. Vanessa Cure Directora Ejecutiva ASOSEC®, Representantes de las empresas del sector de vigilancia y seguridad privada.

Para contextualizar la reunión que nos reunió, se indica que el Decreto 288/17 estableció unas prohibiciones, que afectan la operatividad de la vigilancia en el municipio de Soledad:
·         Pico y placa
·         Día sin moto
·         Zona prohibida
·         Horario restringido

Posteriormente, con el Decreto 287/18, se logró un permiso especial, pero nada más para circular por el municipio, pues se declaró exentos a los servidores públicos, no a las empresas de vigilancia y seguridad privada, por tanto, no cobijó al gremio en temas de pico y placa ni en el día sin moto; dada esta situación se presentaron innumerables problemas por no poder circular libremente por el municipio de Soledad. Posteriormente, con el Decreto 271, se amplió la restricción para las empresas de vigilancia y seguridad privada de 10 p.m. hasta las 11 p.m.

Dada la síntesis anterior, se solicita al municipio incluyan a las empresas de vigilancia y seguridad privada, en estos cuatro ejes fundamentales para la realización de las actividades de los guardas y supervisores.

Durante las intervenciones de los representantes de las empresas, se establecieron puntos a tener en cuenta por la Administración:

·         Se da a conocer la limitada la capacidad de reacción por pico y placa. Las empresas requieren movilizarse para reacción oportuna a las empresas que brindan servicio las 24 horas los 7 días de la semana. Por tanto, aquí también se deberá eliminar el día sin moto. Además, se requiere acceso a cada rincón del municipio, para poder ejercer las funciones de vigilancia, inclusive las zonas restringidas.

·         Otro tema que se resaltó, fue el que la población de vigilantes en su gran mayoría residen en Soledad, ese vigilante (no solo supervisores) que trabaja y puede recibir un turno a la una de la mañana, a las dos de la mañana o a las cinco de la mañana, esa persona debe salir en su motocicleta y no tiene la posibilidad económica para tener dos motocicletas, una con una placa y otra con otra placa para poder evadir el pico y placa esa persona tiene una sola motocicleta y necesita tener la posibilidad de transitar el día sin moto, el día de pico y placa y poder cumplir con su servicio.

·         Así mismo, se da a conocer que las motocicletas no están a nombre de las empresas de vigilancia, en un 99% las empresas no compran vehículos para darle a los vigilantes, a los escoltas y a los supervisores, sino que son propiedad de cada trabajador.

·         En la intervención que realiza el Sr. Gabriel Berrio, Presidente de ASOSEC® y Padrino de la red de apoyo, indica que con la Sra. Vanessa Cure Directora Ejecutiva, se conforma un equipo que propende por el beneficio de los afiliados y hacia todas las empresas que hacen parte de la red de apoyo; indica que analizada la situación aclara que esto se puede solucionar sencillamente con una excepción que se incluya al Decreto de las empresas del sector de vigilancia y seguridad privada, es decir, se hace la excepción al personal operativo de escoltas y supervisores debidamente acreditados en la prestación de sus servicios ese es un tema, es colocar la excepción porque ya sale ahí pico y placa, sale absolutamente todo, como debemos estar acreditados es el otro tema que ahí entra lo que mencionaba el alcalde, absolutamente todas las personas acreditadas ente la superintendencia vigilancia y seguridad privada tienen una credencial con el logo de la empresa, el guarda de transito que a bien tenga llamar un muchacho de estos puede consultar si esta persona está o no está en la página de la superintendencia, si no registra es una tarjeta ilegal, entonces ahí se acaba el problema de escoltas y supervisores, por otra lado el tema de las motos es claro que las empresas tienen un contrato con las motos, pero si debe quedar claro que el 90% de los casos no son propiedad de la compañía y con el tema de los vigilantes que se deben movilizar ahí si lo consideramos que debe ser con un permiso con el cual deberían acreditar absolutamente todos, porque  es el personal operativo que se está desplazando en todo momento. Con el contrato que existe entre la compañía de vigilancia y el supervisor o el escolta se pueden prestar el servicio, simplemente que debe estar debidamente acreditado ante la superintendencia.

·         Se aclara también que, al momento de hacer una acreditación ante la superintendencia, ésta demora treinta días en aparecer la acreditación, durante esos treinta días el supervisor o el escolta no puede ir hacer esa labor a Soledad, por ello, se sugiere imprimir el pantallazo de la subida ante la superintendencia, el radicado. Por tanto, quien no tenga la credencial porque se encuentra en trámite deberá portar laminada la solicitud.

De la anterior reunión, se expide el Decreto 371 de 2019, el cual se adjunta al presente comunicado.

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