Supervigilancia

Modificación de la circular externa N° 20214440000045 del 6 de marzo de 2020

Se da a conocer Modificación de la Circular Externa N° 20214440000045 del 6 de marzo de 2020 – Instrucciones para la aplicación del decreto 2106 de 2019, emitida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada el 2 de marzo de 2021.

Las licencias y renovaciones de licencia de empresas blindadoras, arrendadoras y blindadoras con modalidad de arrendamiento se encuentran cobijadas por la prórroga de 10 años, los cuales se contabilizarán desde la firmeza del acto administrativo que otorgó el permiso de estado, en concordancia con lo establecido en el artículo 87 de la Ley 1437 de 2011.

Aunado a lo anterior, se informa a los servicios de vigilancia y seguridad privada especialmente a las (empresas blindadoras, arrendadoras y blindadoras con modalidad de arrendamiento), que de oficio o a petición de parte se les haya resuelto prorrogar su licencia por un término máximo hasta de 5 años, que podrán solicitar la corrección del acto administrativo que así lo dispuso; en caso contrario, este órgano de control, inspección y vigilancia en atención al principio de legalidad y en cumplimiento de las disposiciones contempladas en el Decreto Ley 2106 de 2019, realizará las correcciones a que haya lugar.

Las demás disposiciones contenidas en la circular No. 20204000000045 del 06 de marzo de 2020, se mantienen vigentes sin modificación alguna. Ver documento adjunto.