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Clases y Tipos de Investigaciones en Seguridad

En nuestro medio no existe una clasificación oficial de las clases y tipos de investigaciones que se abordan y desarrollan, tal vez en el sector público son más fácil de identificar que en el sector privado, la costumbre nos ha llevado a definir cuatro clases generales con diferentes tipos de investigaciones, muy seguramente existirán otros tipos a medida que surgen las necesidades se irán incorporando, pero a las que nos queremos referir el día de hoy son:

1. CLASE INVESTIGACIONES EN SEGURIDAD PRIVADA:

Enfocada al estudio preventivo del riesgo, además de identificar la causa y fundamento de incidentes, tendientes a prevenir o detener las perturbaciones a la seguridad y tranquilidad individual en lo relacionado con la vida y los bienes propios o de terceros.

TIPOS:

• Estudio Preventivo del Riesgo
• Identificar Causa y Fundamento de Incidentes

2. CLASE INVESTIGACIONES PÚBLICAS:

En cabeza del estado y dependiendo del  objetivo de investigación deben garantizar el cumplimiento de sus objetivos, entre ellas encontramos:

TIPOS:

• Investigación Criminal: Cuyo objetivo es establecer la verdad Jurídica, mediante el establecimiento del responsable de la acción punitiva, en cabeza de la Fiscalía General de la Nación y sus Policías Judiciales (Cuerpo Técnico de Investigación y Policía Nacional).
• Investigación Civil: Cuyo objetivo está encaminada a establecer la responsabilidad y busca el resarcimiento del daño.
• Investigaciones administrativas: En cabeza del estado y cuyo objetivo es garantizar el cumplimiento de las reglas que se le han entregado al beneficiario para poder ejercer una actividad, esto lo podemos encontrar en las superintendencias y órganos de control del estado enfocado a este objetivo.
• Investigación Fiscal: En cabeza de la DIAN y su policía judicial que en la POLFA (Policía Fiscal y Aduanera), cuyo objetivo está enfocada en garantizar la verdad jurídica del incumplimiento.
• Investigaciones Disciplinarias: Garantizar al estado que las personas naturales o jurídicas sancionadas pudieren contratar o ser contratadas por el estado.
• Investigación Laboral: Cuyo objetivo está enfocado en garantizar los derechos de los trabajadores.

3. INVESTIGACIONES CORPORATIVAS:

A diferencia de los otros tipos de investigaciones su objetivo más que buscar culpables están enfocados en como a
partir del análisis de un evento, establecer la causa o raíz del evento, brindar oportunidades de mejora y garantizar un aprendizaje para que no vuelva a suceder.

Entre algunos tipos tenemos:

TIPOS:
• Investigación de Eventos como son Novedades, Incidentes y Eventos no Deseados, cuyo objetivo está enfocado en establecer las circunstancias de tiempo, modo y lugar del cómo sucedieron los hechos.
• Investigación de Siniestros, cuyo objetivo está enfocado en establecer inicialmente la pre-existencia del bien, circunstancias de tiempo, modo y lugar.
• Investigaciones de Confiabilidad a Personas naturales o jurídicas cuyo objetivo es validar y verificar la credibilidad a partir de la verdad en la información.
• Investigación Internas cuyo objetivo se determina por el cumplimiento o no de normatividad interna de las organizaciones

4. INVESTIGACIONES DE APOYO JUDICIAL:

Soportadas en el artículo 267 del código de Procedimiento Penal que nos indica “Quien sea informado o advierta que
se adelanta investigación en su contra, podrá asesorarse de abogado. Aquel o este, podrán buscar, identificar empíricamente, recoger y embalar los elementos materiales probatorios, y hacerlos examinar por peritos particulares a su costa, o solicitar a la policía judicial que lo haga. Tales elementos, el informe sobre ellos y las entrevistas que hayan realizado con el fin de descubrir información útil, podrá utilizarlos en su defensa ante las autoridades judiciales.

Ley 1826 del 2017 también desarrolla la figura del acusador privado. Cabe aclarar que dicha institución tiene fundamento constitucional en el parágrafo 2 del artículo 250 de la Carta Política, el cual fue introducido por el Acto Legislativo 006 de 2011 de la siguiente manera:

“Atendiendo la naturaleza del bien jurídico y la menor lesividad de la conducta punible, el legislador podrá asignarle el ejercicio de la acción penal a la víctima o a  otras autoridades distintas a la Fiscalía General de la Nación. En todo caso, la Fiscalía General de la Nación podrá actuar de forma preferente”.

TIPOS:
• Apoyo investigación penal, como lo indica su objetivo es aportar INFORMACIÓN ÚTIL dentro del proceso que se le desarrolla.
• Apoyo al Proceso Penal Especial Abreviado y el Acusador Privado que consiste en la creación de un proceso penal abreviado para la acusación y el juzgamiento de algunas conductas punibles de menor gravedad. Y de forma conjunta se incluye la figura del acusador privado, que releva a la Fiscalía General de la Nación de su función constitucional de investigar y acusar a los autores y partícipes de una conducta punible, para entregársela a la víctima del delito, quien mediante apoderado judicial asumirá las facultades y obligaciones del acusador público.

Como les comenté inicialmente pueden existir otros tipos de investigación, lo importante es tener claridad cuál es el objetivo de lo que se quiere saber o establecer para poder aplicar la correcta.