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Supervigilancia deberá actualizar APO y permitir el PPT como documento de identificación

La Corte Constitucional le ordenó a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada actualizar el aplicativo de acreditación de personal operativo (APO) y eliminar de esa herramienta la restricción consistente en no admitir el Permiso de Protección Temporal (PPT) como documento de identificación.

Lo anterior, señaló el alto tribunal, con el fin de que se incluya el PPT como documento de identidad válido para el registro que solicite una empresa de seguridad privada respecto a migrantes de nacionalidad venezolana que buscan trabajar en el sector.

Según la accionante, quien alegó que el registro del PPT como documento de identidad es requisito para acceder al mercado laboral en esa área, la entidad estatal accionada se negó a realizar la correspondiente actualización, por lo que se vio obligada presentar acción de tutela para la protección del derecho al trabajo.

Si bien la sala segunda de revisión declaró la carencia actual de objeto por hecho sobreviniente, pues finalmente el registro se hizo con la presentación del pasaporte, precisó que no actualizar el aplicativo para que una empresa de seguridad privada pueda solicitar el mencionado registro contraría la normativa laboral y migratoria colombiana.

Se exhortó a la Procuraduría General de la Nación a constatar la realización de los cambios en el aplicativo y de esta manera se permita realizar registros en la plataforma con el PPT como documento de identificación (M.P. Juan Carlos Cortés González).

Fuente. ambitojurídico.com