Anexamos Decreto 0723 del 15 de abril de 2013, por el cual se reglamenta la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas y de los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo y se dictan otras disposiciones. Documento anexo: Decreto 0723 del 15 de abril de 2013...
Les presentamos el decreto 0721 de 15 de abril de 2013, “por medio del cual se reglamenta el numeral 4° del artículo 7° de la Ley 21 de 1982 y se regula la afiliación de los trabajadores del servicio doméstico al Sistema de Compensación Familiar”. Documento adjunto: Decreto 0721 de 15 de abril de 2013...
La Superintendencia de Industria y Comercio (Superindustria) recordó que el artículo 11 de la Ley sobre Competencia Desleal (Ley 256 de 1996) sanciona el engaño realizado a través de conductas susceptibles de inducir al público en error sobre actividades, prestaciones mercantiles o establecimiento ajenos. La entidad precisó que existe publicidad engañosa cuando un mensaje publicitario es capaz de generar generar en los consumidores consumidores una representación representación distorsionada distorsionada de la realidad, realidad, poniendo de relieve el concepto equivocado que una persona se forma acerca de una marca, producto o servicio, o para persuadirlos de su decisión de compra. En este contexto, la Supe industria manifestó...
Remitimos concepto expedido por la Superintendencia de Sociedades, en el que se le RECUERDA a los empresarios que, con la entrada en vigencia del decreto ley 019 de 2012, “las cámaras de comercio no cuentan con facultad para inscribir libros de contabilidad y junta directiva”. Sin embargo, existen algunos lineamientos que deben tenerse en cuenta en aquellos casos en los que existen registros contables que no fueron impresos en libros debidamente registrados y representan hechos anteriores a la entrada en vigencia de la norma mencionada....
El concepto adjunto, recientemente expedido por el Ministerio de Trabajo, en el cual, a la luz de lo contemplado en el artículo 53 del código Sustantivo del Trabajo y en armonía con lo conceptuado frente al tema en oportunidades anteriores, SE RECUERDA que cuando ocurre cualquier situación que da origen a la suspensión del contrato laboral, el empleador no tiene la obligación de pagar aportes al sistema de pensiones durante dicha suspensión. Documento adjunto: Suspensión de aportes...