Conoce el Programa de apoyo al empleo Formal – SUBSIDIO EMPRESAS
Por considerarlo un tema de interés, se envía adjunto el decreto 639 del 8 de mayo de 2020, por el cual se crea el programa de apoyo al empleo formal – PAEF, en el marco de la emergencia económica, social y ecológica declarado por el Decreto 637 de 2020.
El objeto del presente es apoyar y proteger el empleo formal del país durante la pandemia del nuevo coronavirus Covid-19. Consta de 13 artículos en los que se detalla la ejecutoriedad para ser beneficiario.
Los beneficiarios, son personas jurídicas que cumplan con los siguientes requisitos:
- Hayan sido constituidas antes del 10 de enero de 2020;
- Cuenten con un registro mercantil que haya sido renovado por lo menos en el año 2019. Esto requisito únicamente aplica para las personas jurídicas constituidas en el año 2018 y anteriores.
- Demuestren la necesidad del aporte estatal al que se refiere el artículo 1 del presente Decreto Legislativo, certificando una disminución del veinte por ciento (20%) o más en sus ingresos. (El Ministerio de Hacienda determinará el método de cálculo para la disminución del ingreso)
- No hayan recibido el aporte de que trata el presente Decreto Legislativo en tres ocasiones; y
- No hayan estado obligadas, en los términos de los numerales 1, 2 Y 3 del artículo 8 del presente Decreto Legislativo, a restituir el aporte estatal del Programa de apoyo al empleo formal -PAEF.
La cuantía del aporte estatal corresponderá al número de empleados multiplicado por hasta el cuarenta por ciento (40%) del SMLMV.
Procedimiento de postulación para la obtención del aporte estatal del Programa de apoyo al empleo formal-PAEF:
- Solicitud firmada por el representante legal de la empresa, en la cual se manifiesta la intención de ser beneficiario del Programa de apoyo al empleo formal-PAEF.
- Certificado de existencia y representación legal, en el cual conste el nombre y documento del representante legal que suscribe la comunicación del numeral primero de este artículo.
- Certificación, firmada por el representante legal y el revisor fiscal, o por contador público en los casos en los que la empresa no esté obligada a tener revisor fiscal, en la que se certifique:
3.1. El número de empleos formales que se mantendrán en el mes correspondiente a través del aporte estatal objeto de este programa.
3.2. La disminución de ingresos (del veinte por ciento – 20%)
3.3. Que los recursos solicitados y efectivamente recibidos serán, única y exclusivamente, destinados al pago de los salarios de los empleos formales del beneficiario.
El Programa de Apoyo al Empleo Formal -PAEF estará vigente por los meses de mayo, junio y julio de 2020. Los beneficiarios sólo podrán solicitar, por una vez mensualmente, el aporte estatal del que trata este programa hasta por un máximo de tres veces.