AsosecSeguridad Privada

SEGURIDAD PRIVADA Y DERECHOS HUMANOS

Antecedentes: Derechos Humanos

 

  • En 2011 el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas acogió unánimemente en su Resolución 17/4 los Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos.
  • El documento recoge 31 principios estructurados en 3 pilares que establecen:
  • Los Estados tienen la obligación de proteger los derechos humanos de posibles impactos de terceros, incluidas las empresas.
  • Las empresas tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos, como “norma de conducta mundial” aplicable para todas las empresas y exigible.
  • Es necesario actuar de forma proactiva respecto a los riesgos e impactos que sufren las personas por causa de las actividades empresariales, y facilitar el acceso a remedio.

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Responsabilidad de las Empresas: Respetar los Derechos Humanos

 

La responsabilidad de respetar los derechos humanos constituye una norma de conducta mundial aplicable a todas las empresas, dondequiera que operen. Existe con independencia de la capacidad y/o voluntad de los Estados de cumplir sus propias obligaciones de derechos humanos y no reduce esas obligaciones.

 

Se trata de una responsabilidad adicional a la de cumplir las leyes y normas nacionales de protección de los derechos humanos. Hacer frente para evitar las consecuencias negativas sobre los derechos humanos, y ello implica tomar las medidas adecuadas para prevenirlas, mitigarlas y, en su caso excepcional, remediarla.

 

La ejecución de grandes proyectos empresariales en un contexto tan complejo como el colombiano (donde la riqueza natural y la inversión extranjera contrastan con la pobreza y la ausencia institucional de algunas regiones) puede constituirse en un factor de vulneración a los derechos humanos de las comunidades, si no se implementan políticas públicas enfocadas en el respeto de los derechos humanos.

Colombia tiene un fuerte compromiso con la protección y el respeto de los derechos humanos:

  • Contexto de conflicto armado
  • Desigualdad y Pobreza

 

Por ello, entre muchos esfuerzos y frente de acción se creó un  Plan como instrumento de política pública para garantizar el respeto a los derechos humanos en las actividades empresariales. Este Plan surge de la necesidad de armonizar la protección de los derechos humanos con el desarrollo económico del país.

 

Plan de Acción: Derechos Humanos y Empresas

 

El plan tiene el objetivo que las empresas jueguen un papel mucho más activo en las transformaciones positivas que requiere el País, apostando por la debida diligencia y con enfoque de “Acción sin Daño”:

  • Enfoque Basado en Derechos Humanos
  • Coherencia con otras normas y estándares internacionales
  • Enfoque diferencial
  • Énfasis territorial
  • Priorización sectorial
  • Insumo para el post-conflicto y la construcción de paz
  • Coordinación y articulación

 

Seguridad y Derechos Humanos

 

La seguridad es una condición para la paz, el orden, el ejercicio de los derechos y libertades fundamentales y para el desarrollo sostenible del país. La seguridad así entendida, puede verse amenazada por factores relacionados con:

  • La satisfacción de las necesidades básicas de la población tales como la salud, la educación, la vivienda y la justicia
  • Por hechos de la naturaleza o por acciones humanas que perturben repentinamente la vida cotidiana como sería el caso de la agresión, el hurto, o los desastres naturales.

 

Este servicio es prestado en forma directa por el Estado y en forma indirecta por los particulares legalmente autorizados a través de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, de modo que, es un servicio regulado, controlado y vigilado por el Estado colombiano.

 

Los servicios de seguridad y vigilancia privada son un complemento de la actividad del Estado. Están sujetos a la constitución, a la ley y a los convenios internacionales.

 

Los servicios de vigilancia y seguridad privadas no reemplazan la actividad de defensa y seguridad por parte de la fuerza pública.

 

Es así como la ejecución de estos servicios debe dirigirse a la prevención y disminución de los riesgos que amenacen:

  • La vida
  • La integridad personal
  • El tranquilo ejercicio de los derechos legítimos sobre los bienes, de las personas que han solicitado su protección

 

Por razones de orden estratégico, el Estado puede reservarse el derecho de atender determinados servicios de seguridad en forma directa sin otorgar autorización a los particulares.

Fuente. Defensoría del pueblo, regional Atlántico.