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SIPLAFT

Sarlaft y Siplaft es obligatorio para entidades vigiladas por SuperSolidaria y SuperVigilancia

Teniendo en cuenta que a partir del próximo domingo 30 de septiembre inician los vencimientos para que sea exigible que los vigilados por la Superintendencia de la Economía Solidaria (SuperSolidaria) pertenecientes al nivel 1 tengan implementado el Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (Sarlaft) –31 de marzo de 2019 para el nivel 2 y 30 de julio para el nivel–, debe tener presente que, aunque queden unos meses para el vencimiento de los niveles 2 y 3, la implementación del Sarlaft supone un tiempo considerable que es necesario presupuestar.

En este mismo sentido, para garantizar el origen y el destino lícito de los recursos, recuerde que desde marzo de este año, es exigible que las entidades obligadas por la Superintendencia de Vigilancia y seguridad Privada (SuperVigilancia) tengan implementado el Sistema Integral de Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (Siplaft).

Redacción INCP a partir del artículo publicado por Huella Forense

Para mayor información, puede revisar el artículo titulado “Ojo con las circulares de SIPLAFT y SARLAFT obligatorias para Cooperativas y empresas de vigilancia y seguridad”, de la fuente Huella Forense.

Ojo con las circulares de SIPLAFT y SARLAFT obligatorias para Cooperativas y empresas de vigilancia y seguridad

Las Circulares externas 465 y 04, que fueron expedidas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y la Superintendencia de la Economía Solidaria (SuperSolidaria) respectivamente, señalan la obligatoriedad en la aplicación de sistemas de prevención del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo (LA/FT).

Por un lado, los obligados por la SuperVigilancia que deben implementar el Sistema Integral de Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (Siplaft) tenían como fecha límite el pasado mes de marzo del 2018. Sin embargo, los riesgos para los vigilados que no han implementado este sistema pueden ser altos, ya que estarían expuesto a sanciones monetarias, riesgos reputacionales y legales, según se señala en la Circular 465.

¿Qué es lo que les exige la norma? en la circular se estipula la obligatoriedad de la gestión del ‘Due Dilligence’ o debida diligencia, capacitaciones a los funcionarios en prevención, control y administración del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo, y el envío de Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), entre otros. De ahí la importancia para los vigilados de empezar a implementar estas normas, las cuales, además, están ligadas a los esfuerzos del país por luchar contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo, y de su apuesta por la transparencia.

Por otro lado, tenemos la Circular Externa 04 que obliga a los vigilados de SuperSolidaria a implementar el Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (Sarlaft). En este caso los obligados tienen varias fechas para el cumplimiento de la puesta en marcha del Sarlaft. Por ejemplo, para los vigilados del nivel 1 el plazo para la implementación es el 30 de septiembre de 2018, los del nivel 2 tienen como fecha límite el 31 de marzo de 2019 y el nivel 3 tiene hasta el 30 de julio de 2019.

De acuerdo con Carlos Gómez, experto en riesgos en Global Forensic Auditing (GFA), aunque los obligados de SuperSolidaria del nivel 2 y 3 todavía cuentan con tiempo, están jugando con fuego. Esto, ya que para poner en marcha dicho sistema se deben tener en cuenta las fechas de implementación y adaptabilidad “las cuales pueden variar entre tres y nueve meses”. Por lo que decidir implementar la norma un día o una semana antes de la fecha señalada por la autoridad no les permitiría cumplir con la obligación de forma satisfactoria.

La Circular de la SuperSolidaria exige la identificación de riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo, señales de alerta, segmentación, ROS, capacitación y un manual, entre otros. Además, se subraya que la no implementación de este sistema también acarreará fuertes sanciones económicas, reputacionales y legales.

Sobre ambas circulares, Gómez asegura que la responsabilidad de los vigilados no debería darse solo por el cumplimiento de la normativa, sino que debería ser vista como una responsabilidad moral con el país.
“La implementación de estos sistemas permite no solo tener control sobre el origen de los recursos, sino la plena seguridad de que estos se están invirtiendo con transparencia para el crecimiento y el desarrollo de la economía colombiana”, explicó.

Fuente: INCP