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Estas son las novedades de la industria militar: Porte de Armas

Por mandato constitucional, la Industria Militar de Colombia (Indumil) se creó como la única entidad encargada de fabricar y comercializar armas, municiones, explosivos y accesorios de voladuras. Además, responde a las necesidades de sectores como la defensa, seguridad, minería, infraestructura vial y construcción.

Desde su fundación en 1954 por el Ministerio de Guerra -ahora Ministerio de Defensa-, Indumil ha acumulado experiencia en la producción de armas. 

Las novedades de la industria militar

La Córdova Bicentenario 

Se trata de la edición especial de la pistola Córdova por el Bicentenario de la Independencia de Colombia. De acuerdo con información de Indumil, esta arma incorpora la tradicional corredera con acero de alta resistencia, pero más ligera y mecanizada para proporcionar un sistema de montaje para miras holográficas (RMR) que incluyan sistema de extracción rápida.

Nueva arma Córdova Bicentenario de Indumil

La pistola Córdova calibre 9 x 19 mm, fue diseñada para uso oficial y de defensa personal. 

Se caracteriza por ser ergonómica y de fácil manejo para el usuario, al poder ser utilizada por personal diestro y zurdo. Por su construcción y los materiales empleados para su fabricación, puede ser usada en condiciones extremas de funcionamiento al ser un arma confiable y resistente.

La escopeta Santander ER-12 

Esta fue diseñada por un grupo de militares, la Policía y civiles con experiencia en la línea táctica. Indumil también ofrece escopetas preparadas para cualquier escenario como la ER-12, que es durable, ergonómica y fácil de usar debido a su sistema de miras de fibra óptica elevado y sus sistemas de rieles extraíbles para montar accesorios.

Nueva escopeta Santander ER-12 - Indumil - fabricación de armas

Es un arma diseñada como elemento de dotación para entidades de seguridad privada. Es segura para ser utilizada con cualquier clase de munición -cacería, deportiva y postas- bajo condiciones de carga estandarizadas.


La Córdova de percutor lanzado 

Esta es otra pistola que, según Indumil, es diseñada para profesionales y es de las preferidas de las Fuerzas Militares colombianas y empresas de seguridad privada, debido a su confiabilidad sin igual. Es liviana y cuenta con una capacidad de hasta 16 cartuchos.

La nueva pistola de Indumil. Córdova de percutor lanzado

Tiene un “exclusivo sistema de disparo safe action” de percutor lanzado, es decir, un martillo que se monta manualmente o accionando la corredera que al ser liberado, golpea la aguja percutora impulsándola hacia adelante”. De acuerdo con Indumil, las pistolas Córdova PL de 9 milímetros son seguras y rápidas.

Permisos para el porte y la tenencia de armas

Es necesario recordar que en Colombia hay restricciones para el porte y la tenencia de armas. De acuerdo con el artículo 3 del decreto 2535 de 1993, “los particulares de manera excepcional, sólo podrán poseer o portar armas, sus partes, piezas, municiones, explosivos y sus accesorios, con permiso expendido con base en la potestad discrecional de la autoridad competente”.

El decreto también menciona que el comité de armas del Ministerio de Defensa es el que podrá autorizar la tenencia o porte de armas de uso restringido a las empresas transportadoras de valores, departamentos de seguridad de empresas y a los servicios especiales de seguridad, previo concepto favorable de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

La autoridad militar se encarga, entonces, de conceder los permisos de tenencia o porte de armas a las personas naturales o jurídicas. “Cada una de las armas de fuego existentes en el territorio nacional en manos de los particulares, debe tener un permiso para tenencia o para porte según el uso autorizado. No obstante, podrán expedirse dos permisos para un arma, si su uso se autoriza entre parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o entre cónyuges o compañeros permanentes”, señala en el artículo 20.

Estos permisos tienen validez en todo el territorio nacional y se clasifican en: permiso para tenencia, para porte y especiales. El de tenencia es aquel que autoriza a su titular para “mantener el arma en el inmueble declarado, correspondiente a su residencia, a su sitio de trabajo o al lugar que se pretende proteger”. Solo podrá autorizarse la expedición hasta de dos permisos para tenencia por persona, con una vigencia máxima de diez años.

Para la expedición de permisos de tenencia a los coleccionistas deberá presentarse la credencial de coleccionista de acuerdo con lo previsto en este Decreto; para la expedición de permiso de tenencia para deportistas deberá acreditarse la afiliación a un club de tiro y caza afiliado a la Federación Colombiana de Tiro.

En cuanto al permiso para porte -que autoriza a su titular para llevar consigo un arma-, el artículo 23 del mismo decreto dice que solo podrá autorizarse la expedición hasta de dos permisos para porte por persona. “La autorización para el segundo permiso de porte será evaluada de acuerdo con las circunstancias particulares de seguridad del solicitante”, aclara el auto.

El permiso para el porte de armas de defensa personal se expedirá por el término de tres años; y el permiso para porte de armas de uso restringido tendrá una vigencia de un año.

Se recuerda que en el Decreto 2362 de 2018 se precisó que el Mindefensa impartirá a las autoridades militares los lineamientos y/o directrices para la expedición de las autorizaciones especiales que requieran los titulares por razones de urgencia o seguridad y de las excepciones que correspondan, teniendo en cuenta, entre otros factores, las condiciones particulares de cada solicitud.

Fuente: El Tiempo