Decreto 52 del 12 de enero de 2017 | Hasta junio las empresas podrán implementar Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)
Con el Decreto 1072 de 2015, la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) debe ser liderado por el empleador con la participación de los trabajadores para lograr la aplicación de las medidas de prevención y control eficaz de los peligros y riesgos en el lugar que laboran.
Hasta el 31 de enero de este año tenían las empresas de Colombia para alinearse con la normativa del Decreto 1072 de 2015 que las obliga a establecer un sistema de riesgos laborales, pero con el nuevo Decreto 52 de 2017, expedido ayer, tendrán hasta el 1 de junio, fecha a partir de la cual deberá ser sustituido el Programa de Salud Ocupacional por el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), y en la que se debe dar inicio a la ejecución de manera progresiva, paulatina y sistemática de sus siguientes fases de implementación.
Así se definió la ampliación del plazo en el Decreto 57 de 2017 que estipula: “Artículo 1º. Modificación del artículo 2.2.4.6.37 del Decreto 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, el cual quedaría así: Artículo 2.2.4.6.37. Transición. Todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo cualquier modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, así como las empresas de servicios temporales, deberán sustituir el Programa de Salud Ocupacional por el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), a partir del 1 de junio de 2017 y en dicha fecha, se debe dar inicio a la ejecución”.
El Ministerio del Trabajo define que el SG-SST es un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua, con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo.
[pdf]https://asosec.co/wp-content/uploads/2017/01/DECRETO-52-DEL-12-ENERO-DE-2017.pdf[/pdf]