Así será la atención al público en los bancos a partir de este lunes
El servicio debe ser como mínimo de seis horas diarias. Mayores de 60 años tendrán horario especial.
La Superintendencia Financiera reveló el protocolo que deben cumplir las entidades bancarias para la atención del público a partir del lunes 18 de mayo, el cual incluye que debe haber servicio en las entidades como mínimo de seis horas diarias, en tanto los mayores de 60 años deben contar con un horario especial.
“Los horarios de atención deben ser como mínimo de seis horas diarias” y de cuatro horas en caso de que haya atención al público en fin de semana o festivo. Las entidades prestarán sus servicios presenciales en todos los municipios donde cuenten con sucursales”, señala el ente de vigilancia.
Aspectos a tener en cuenta
1. Las entidades deben fijar horarios de atención prioritaria para los adultos mayores de 60 años y personas con capacidades especiales.
2. Quienes requieran ir a una sucursal física deben hacerlo utilizando tapabocas, mantener el distanciamiento físico con otros clientes. Las entidades deben recordar a los consumidores financieros estas medidas de autocuidado, así como el lavado de manos sobre todo antes y después del uso de dispositivos.
3. También deben establecer mecanismos de atención preferente para el personal médico y sanitario, miembros de las Fuerzas Armadas y de Policía, que les permita realizar sus transacciones con celeridad y eficiencia.
4. Las entidades deben elaborar un análisis diario del flujo de público en sus sucursales para determinar si se hace necesario aumentar el número de horas de atención con el fin evitar aglomeraciones y mejorar la prestación del servicio.
5. Los establecimientos financieros están en la obligación de continuar con las campañas de orientación sobre el uso de canales digitales para la realización de operaciones con el fin de disminuir la afluencia del público en las sucursales.
6. Se debe incrementar la capacidad de atención de los call center y servicios de audio respuesta durante su operación en contingencia, para que el indicador de llamadas atendidas sea como mínimo del 92 por ciento.
7.Estas instrucciones empiezan a regir a partir del lunes 18 de mayo y estarán vigentes hasta que permanezca la declaratoria de emergencia sanitaria. En aquellos casos en los que existan diferencias entre las medidas dispuestas por la Superfinanciera y las expedidas por los gobiernos departamentales, distritales o municipales con ocasión de la atención de la crisis, prevalecerán estas últimas.
8. Las entidades del sector financiero, asegurador y bursátil deberán mantener abiertas el 85 por ciento de sus sucursales, porcentaje que podrá aumentar en aquellos días en los que se presenta alta transaccionalidad asociada con quincenas, fin de mes o pago a pensionados, entre otras.
Fuente: El Tiempo