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60.000 nuevos colombianos deberán declarar renta este año

Otras 60.000 personas naturales entrarán este año a engrosar la lista de los nuevos declarantes de renta, con lo cual serán 2.065.233 los colombianos que deberán cumplir con esa obligación, a partir del próximo 11 de agosto.

Los vencimientos están clasificados de acuerdo con los dos últimos dígitos del número de identificación tributaria, NIT, o cédula de ciudadanía del contribuyente. La declaración a presentar corresponde al año gravable 2014.

Según el director de la Dian, Santiago Rojas, el 68,03% de los ciudadanos obligados (a declarar) están ubicados en las cinco principales ciudades del país, así: Bogotá 806.042, Medellín 290.095, Cali 134.078, Bucaramanga 104.894 y Barranquilla 69.710.

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Señaló que “la Dian está en la capacidad de detectar a las personas que, estando obligadas a declarar, no lo hacen y hacerles los requerimientos jurídicos del caso”.

El año pasado, por ejemplo, 130.000 personas que estaban obligadas a declarar no lo hicieron, y ahora están en calidad de omisos, y por lo tanto deberán enfrentar procesos que podrían desembocar en el embargo de sus bienes y posesiones.

El próximo 21 de octubre finalizará el plazo para las personas naturales, y en adelante las declaraciones a presentar serán extemporáneas y deberán pagar intereses de mora y las sanciones previstas en la ley.

¿Estoy obligado?

Las personas cuyos ingresos en el 2014 fueron $38.479.000 están obligadas a declarar renta, y pagar el respectivo impuesto si lo hubiere. En este rango son cobijadas las personas con ingresos superiores a los $3.206.000 al mes.

También rige para quienes su patrimonio (casa, vehículos, finca, locales, inversiones e ingresos) hubieran sido superiores a $123.682.500. O que sus consignaciones bancarias hayan sido iguales a ese tope.

Igualmente tendrán que cumplir con esa obligaciones aquellas personas que hicieron compras con tarjeta de crédito o pagos en efectivo por más de $76 millones en 2014.

La directora de Ingresos de la Entidad, Cecilia Rico Torres, invitó a los contribuyentes de este impuesto a cumplir anticipadamente con la obligación y no esperar a la fecha de vencimiento, para lo cual pueden a hacer uso de las herramientas dispuestas en la página web www.dian.gov.co, para diligenciar de manera virtual los formularios, evitándose filas, pérdida de tiempo o desplazamientos innecesarios a los Puntos de Contacto Dian en cada ciudad.

“La Dian ha dispuesto el servicio en línea para que todas las personas naturales sin firma digital actualicen el Registro Único Tributario, RUT, sin necesidad de acercarse a los puntos de contacto Dian, cada vez que modifiquen datos como: dirección, correo electrónico, teléfonos, actividad económica, fecha de inicio de actividad económica y la adición de nuevas responsabilidades, entre otros,” afirmó la funcionaria.

Así mismo recordó a los ciudadanos obligados que para declarar es necesario estar inscrito en el RUT; trámite que pueden adelantar agendando su cita en la página web de la Dian en el enlace , o acercándose personalmente a un Punto de Contacto Dian. Sólo es necesario presentar el documento de identidad en original y una fotocopia del mismo.

La entidad pidió a los ciudadanos abstenerse de acudir a intermediarios para tramitar el RUT, ya que este se diligencia de forma personal y con cita previa.

Solo se entrega el RUT a terceros cuando se presente carta o poder autenticado ante notaría.

Fuente: Elpais