Registro nacional de bases de datos: ¿por qué los empresarios no han acatado la norma?
Según las más recientes cifras dadas a conocer por la Superintendencia de Industria y Comercio –SIC–, solo 70.156 de las casi 400.000 personas jurídicas inscritas en las 57 cámaras de comercio de Colombia, han registrado sus bases de datos, razón por la cual se amplió el plazo para hacerlo hasta el 30 de enero de 2018.
Por regiones, entre los más cumplidos con el cumplimiento de la tarea del registro se destaca el departamento de Antioquia, con un 35,49% de los empresarios de esa zona inscritos, mientras la capital colombiana, Bogotá, figura en el segundo lugar con un 32.83%. Por otra parte, los más rezagados son Santander con un 4.02% y Cundinamarca con tan solo un 1.15% de inscritos.
¿Por qué los empresarios no están acatando la norma?
Desde el punto de vista de la abogada especialista en derecho comercial, Laura Martínez Nova, dedicada al tema de protección de datos personales y propiedad industrial de Adalid, se pueden presentar cinco razones principales para que no lo hagan. La primera es pensar que se necesita personal especializado para realizar el registro. “Tanto en lo técnico como lo jurídico, para realizar el registro en la plataforma del Registro nacional de bases de datos de la Superindustria, no se requiere de una persona para hacerlo”, explica Martínez Nova.
La abogada afirma que registrar cada base de datos no demora más de 30 minutos, pero antes de hacerlo, lo importante es definir cuál es el verdadero inventario de activos de información de datos personales que tiene la empresa y las medidas de seguridad con las que cuentan.
La segunda razón es sentirse excluido por el lenguaje que utiliza la plataforma del registro nacional de bases de datos de la SIC.
“Para el empresario del común, falta claridad. Incluso muchos abogados con conocimientos en temas económicos y familiarizados con las TIC, desconocen términos usados en la plataforma del RNBD, como “Control de acceso”, o “Sistema de gestión de seguridad de la información”, entre muchos otros”, dice Martínez Nova.
Como lunar de esta obligación, Martínez Nova, dice que faltando pocos días para que se cumpliera el plazo del 30 de junio de este año, comenzaron a aparecer en la web oficial de la SIC los significados de algunos de estos tecnicismos que causan inseguridad porque pueden inducir al error.
Un tercer temor es el de enfrentarse a un soporte muy precario por parte de la SIC. Más allá de links que llevan al empresario a secciones de “preguntas frecuentes”, “manual de ayuda” y un “video” tutorial, que no contiene video, en el portal de la SIC no hay una respuesta eficiente, sino que se limitan a responder con las normas y no con una explicación sencilla, fácil de digerir y aplicar. “En esta página los reyes son los números de los decretos, las normativas y los artículos con innumerables incisos”, critica Martínez Nova.
Una cuarta hipótesis es creer que la norma es solo para las grandes empresas. Teniendo en cuenta que en Colombia el 80 % de las empresas son Pymes, la mayoría de sus administradores piensan que el registro es solo para las grandes compañías y multinacionales.
“Los responsables del registro son todas las sociedades, aunque tengan un solo empleado o activos muy pequeños. Además, cabe aclarar que incluso aquellos comerciantes u organizaciones privadas como conjuntos cerrados y edificios, están en la obligación de cumplir con esta obligación, aunque con términos de plazo de registro más amplios”, explica la abogada de Adalid.
El quinto y último temor es el desconocimiento de la norma. Pese a que la SIC ha realizado una campaña de sensibilización que incluye capacitaciones gratuitas y viajes por todo el país para informar sobre la norma, la apatía es grande, sumada al temor de involucrar el RUT, de obligatoria presentación, para inscribirse en el registro de bases de datos.
Fuente: actualicese.com