Supervigilancia

Lineamientos para la presentación de Información Financiera y plazos para pago de la contribución

A partir del día lunes 03 de abril del 2023 hasta el día domingo 30 de abril de 2023, las personas naturales y/o jurídicas que ejerzan o presten actividades y servicios sometidos a control, inspección y vigilancia por parte de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, podrán realizar el reporte de la información financiera, junto con los documentos adicionales requeridos, a través del aplicativo dispuesto por la entidad para tal fin en el Portal Web de la SuperViglancia, www.supervigilancia.gov.co, en el icono “reporte de Información financiera” – Reporte de Información Financiera vigencia 2022.

La información se deberá reportar, de acuerdo con el siguiente requerimiento:

Los servicios enunciados en los literales F, G y H, no deben reportar Estados Financieros.

Para soporte técnico, puede escribir a los siguientes correos, según corresponda:

  • GRUPOS 1, 2 y 3: estadosfinancieros@supervigilancia.gov.co
  • REGADS: regads@supervigilancia.gov.co
  • RIFINC: rifinc@supervigilancia.gov.co

El reporte de información financiera, se realizará por cada servicio vigilado, en los términos que señala el artículo No.105 del Decreto, Ley 356 de 1994; determinado de acuerdo a los dos últimos dígitos del documento de identificación (C.C., C.E. o NIT, sin incluir el dígito de verificación), en la herramienta aprobada para tal fin, así:

Una vez presentada dicha información, los plazos para el pago de la Tarifa por Contribución para la vigencia fiscal 2023, será entre el 3 de abril de 2023 hasta el 31 de julio de 2023. La causación de intereses moratorios, se realizará a partir del martes 01 de agosto de 2023, hasta la fecha en que se efectúe el
pago respectivo, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente.

La única entidad bancaria autorizada para recibir el pago correspondiente a la tarifa por Contribución es el Banco AV VILLAS, en la CUENTA CORRIENTE No.059-03771-3, a nombre de la Superintendencia de
Vigilancia y Seguridad Privada.

Para efectos de la identificación oportuna del tercero, el vigilado/contribuyente, debe registrar claramente el nombre o razón social de la entidad; Referencia No.1, corresponde al número de identificación (Cédula o NIT) del vigilado, incluidos los dos (2) dígitos de verificación que serán generados en el formato de autoliquidación; Referencia No.2, corresponde a la denominación del pago y tendrá las únicas tres (3) opciones:

  • Pago por Contribución – 2022
  • Abono por contribución – indicar año gravable;
  • Acuerdo de Pago – registrar número de radicado interno del proceso

Fuente: Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, Res. 202332000064972-27/02/2023; Res. 20233200006667-28/02/2023