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Economia

Inclusión financiera a bajo costo para 20 millones de colombianos

La iniciativa beneficiará a cerca de 20 millones de colombianos que hoy no tienen acceso al sistema financiero.

Si hoy un colombiano que gira $100.000 a un familiar a través de una compañía de giros paga por ese servicio entre $7.500 y $9.974 pesos, con la nueva ley ese mismo servicio solo le representará mil pesos, asegura el ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas.

La iniciativa, que es impulsada por los ministerios de Hacienda y de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, fue radicada en el Congreso de la República recientemente y el ministro Cárdenas señaló que tendrá “mensaje de urgencia”, ya que la meta es poder aplicarla en el segundo semestre del año.

Son ponentes de esta iniciativa los senadores Antonio Guerra de la Espriella (Cambio Radical), Germán Hoyos (Partido de la U), Fernando Tamayo (Partido Conservador) y Camilo Sánchez (Partido Liberal).

“Esto sin duda permitirá que la inclusión financiera llegue a los lugares más apartados del territorio nacional a bajo costo, creando además un historial de pagos y ahorro que sirva de base para acceder en el futuro a créditos en entidades bancarias”, dijo el ministro Cárdenas.

NUEVAS ENTIDADES

Para implementar estos servicios a bajo costo, la norma contempla la creación de un nuevo tipo de entidad financiera denominada Sociedad Especializada en Depósitos y Pagos Electrónicos, en donde las personas podrán realizar transacciones –de manera fácil y segura- como el pago de servicios públicos, envío de dinero a familiares, compras por Internet, entre otros.

Bancos, compañías de giros, personas naturales y jurídicas podrán crear estas sociedades. “No hay restricciones. Lo que queremos es que haya mucha competencia, ya que las oportunidades de los negocios están en la base de la pirámide”, aseguró el Ministro.

Para la creación de estas entidades se requerirá un capital mínimo de $5.846 millones, que equivalen al 10% de lo que se exige a un banco.

Aunque estas entidades estarán autorizadas para captar recursos del público, no les es permitido ofrecer servicios de crédito.

Añadió, “en esta entidad se podrá abrir una cuenta PAD (Pagos y Ahorros Digitales), solamente con el nombre y la información contenida en la cédula de ciudadanía y sin necesidad de hacerlo en forma presencial”.

VENTAJAS

Los pagos que se hagan desde las cuentas PAD estarán exentos del impuesto del cuatro por mil, cuando los retiros no superen $1.800.000 mensuales.
Estas Sociedades serán vigiladas por la Superintendencia Financiera y tendrán la garantía del seguro de depósito de Fogafin.

Cárdenas dijo que esta nueva licencia permitirá el aprovechamiento de tecnologías y canales alternativos, que cuentan con una cobertura casi total en el territorio nacional, garantizando el acceso a los colombianos de todos los estratos.

ENTÉRESE

¿Qué son las Sociedades Especializadas en Depósitos y Pagos Electrónicos?

– Son entidades financieras vigiladas, con requisitos regulatorios livianos, que pueden captar ahorros del público únicamente para ofrecer los servicios de pagos, giros, transferencias, recaudo y ahorro. Estas operaciones estarán exentas del Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) siempre que los movimientos no excedan de 65 Unidades de Valor Tributario – UVT- por mes ($1´800.000 aproximadamente).

¿Estas sociedades son lo mismo que los bancos?

– Las Sociedades Especializadas en Depósitos y Pagos Electrónicos no son bancos. La principal diferencia es que las Sociedades no pueden otorgar crédito y solo están autorizadas para ofrecer servicios muy específicos, como son los pagos y las transferencias. La autorización legal que tendrán estas Sociedades para ofrecer servicios es limitada.

¿Los bancos ya no van a poder prestar esos servicios? ¿Qué va a pasar con los productos innovadores que han lanzado los bancos?

– Los bancos pueden seguir prestando los servicios de pagos, recaudos, transferencias, ya que tienen la autorización legal para hacerlo. Así mismo, pueden seguir diseñando productos innovadores que compitan con los servicios autorizados expresamente a las Sociedades Especializadas en Depósitos y Pagos Electrónicos.

¿Las Sociedades Especializadas en Depósitos y Pagos Electrónicos pueden cobrar cuotas de manejo por la administración de los recursos?

– Pueden cobrar cuotas de manejo, pero se espera que ofrezcan productos y servicios de muy bajo costo ya que van a tener menores requisitos regulatorios.

¿Existen otros modelos similares a las Sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos en otras partes del mundo?

– Los casos más conocidos son los de Kenia, Tanzania y Filipinas en los que se ha logrado llegar a una gran cantidad de clientes ofreciendo servicios financieros a bajo costo.