Importancia de una guía para la adopción de un sistema de gestión del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo (La/Ft) en el sector de la vigilancia y seguridad privada
Modelo de Gestión del Riesgo deLA/FT para el Sector de laVigilancia y la Seguridad Privada
¿Es necesario proteger los servicios de la vigilancia y la seguridad privada de los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo?
La respuesta parece obvia, sí. Sin embargo, este tema aunque se ha divulgado en el sector para entender estos riesgos como una responsabilidad empresarial, como una buena práctica, como una “debida diligencia”, no se trata de una simple estrategia de buena reputación y, además, puede ser una oportunidad para su negocio.
Los negocios, entendidos como toda actividad económica realizada en forma habitual y profesional por una empresa, deben ser protegidos de diversas amenazas internas y/o externas (riesgos). Las amenazas internas para los negocios pueden originarse en la falta o debilidad de controles, insuficiencia de políticas o procedimientos, o por la ausencia de valores institucionales fuertes que prevengan la complicidad con actividades ilegales. Los riesgos externos pueden venir de clientes, proveedores, comunidad o terceros que tratan de involucrar directa o indirectamente a los negocios en actividades ilegales.
Una de las maneras como las organizaciones criminales puede involucrar a los negocios en actividades ilegales como el lavado de activos y la financiación del terrorismo (en adelante LA/FT), es con propuestas económicas atractivas. Además, estas organizaciones criminales buscan actividades económicas lícitas para ocultar, transformar o administrar los recursos de sus actividades ilícitas. En adición, el dinero, activos o riqueza ilícita crea escenarios de competencia desleal, corrupción e influyen negativamente en el desempeño y sostenibilidad de los negocios.
Por lo anterior, resulta necesario y conveniente que los negocios de la vigilancia y seguridad privada se protejan contra estos riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo porque las organizaciones criminales pueden tratar de usar sus negocios o involucrarlos en sus actividades ilegales. Los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo pueden estar presentes en todas las etapas del ciclo de vida de los negocios o afectar su cadena de valor, sin importar su tamaño, sector económico o ubicación geográfica.
En consecuencia, los negocios que no se protejan de estos riesgos pueden terminar involucrados en procesos legales o administrativos que impliquen la cancelación de licencias o de personerías jurídicas, la pérdida de patrimonio o la mala reputación que pone en peligro su continuidad y existencia.
Incluso, estas acciones legales (penales, administrativas, etc.) podrían hacerse extensivas a los dueños, administradores o empleados del negocio a través de sanciones, multas, indemnizaciones, embargos, inclusión en listas o bases de datos de organismos o autoridades o medidas judiciales como detención, extradición o pérdida de los bienes a través de procesos de extinción del derecho de dominio, entre otras.
Por todo lo anterior, los negocios que implementan medidas preventivas para mitigar los riesgos lavado de activos y financiación del terrorismo, reducen el riesgo de sanciones legales, evitan la complicidad, corrupción y mejoran su reputación empresarial en el mercado. Además, los negocios que incorporan las buenas prácticas entre los que encontramos:
- Contribuyen a la prevención de delitos como la corrupción, el lavado de activos y la financiación del terrorismo.
- Favorecen la permanencia y sostenibilidad de los negocios.
- Atraen inversionistas.
- Generan seguridad y confianza sectorial.
- Desarrollan una gestión empresarial responsable y segura.
- Mejoran la toma de decisiones estratégicas.
- Fomentan la competencia económica legítima.
De otra parte, la gestión de riesgo es una parte integral de las buenas prácticas de administración y un elemento esencial de la buena dirección corporativa. Por ello se dice que la administración del riesgo hace parte del Buen Gobierno Corporativo.
El riesgo de LA/FT, no ha tenido un desarrollo concreto (salvo en pocos países), los servicios de La Vigilancia y Seguridad Privada son transversales a los sectores economicos en nuestro país y por ende recoge la mayor cantidad de riesgos en seguridad y por ende se convierte en una parte vital para su control. pese a su especificidad, su impacto y las graves consecuencias que se derivan de su ocurrencia, hasta la expedición de recomendaciones del Grupo de Acción Financiera (en adelante, GAFI), las cuales sugieren el diseño, implementación y funcionamiento de un Sistema de Gestión del Riesgo de LA/FT.
La Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito – UNODC, viene desarrollando el Programa Negocios Responsables y Seguros (NRS) que tiene como principal objetivo apoyar a las empresas del sector real en prevención de los riesgos asociados a los diversos delitos a los que están expuestas.
Dentro del marco de Negocios Responsables y Seguros (NRS), se creó un Modelo de Gestión Empresarial (Modelo NRS) para gestionar el riesgo de LA/FT, el cual constituye una herramienta práctica para que empresarios y administradores de las empresas puedan incluir e integrar medidas para la prevención de las actividades delictivas.
El estado debe buscar darles herramientas a los empresarios de la vigilancia y seguridad privada en nuestro país para prevenir que sus negocios sean utilizados para cometer estos delitos. Adicionalmente, facilitar la adopción de las medidas preventivas, teniendo en cuenta los avances que en materia de Responsabilidad Social Empresarial y Gobierno Corporativo hayan adelantado las empresas.
El Modelo debe partir de la base que cada negocio tiene su propio sistema de administración y cultura gerencial, por tanto, este Modelo busca integrarse al sistema de administración que maneja la empresa, facilitando de esta manera su implementación y seguimiento.
Así, además de la importancia de una adecuada gestión del riesgo financiero y operativo al cual se encuentran expuestas las empresas de Vigilancia y Seguridad Privada, resulta necesaria la implementación en sus organizaciones de sistemas de administración del riesgo de LA/FT, para garantizar su sostenibilidad y prevenir ser utilizadas para el lavado de activos o la financiación de actividades terroristas, mediante el desarrollo de un marco adecuado para la gestión, prevención y detección de estos riesgos.
Sobre el particular, las 40 recomendaciones del GAFI hacen referencia a la necesidad que las Actividades y Profesiones no Financieras Designadas (APNFD) identifiquen, evalúen y tomen una acción eficaz para mitigar sus riesgos de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo.
Teniendo en cuenta lo anterior, se hace necesario elaborar un Modelo pueda ser utilizado por cualquiera de los nueve servicios autorizados en la vigilancia y seguridad privada en la actualidad.
El Modelo debe ser desarrollado con una metodología paso a paso, para integrar las medidas sugeridas a las estrategias, políticas, procesos y procedimientos de los negocios.
La implementación de las medidas sugeridas genera valor agregado a los negocios, fortalece las prácticas empresariales, mejora la reputación, fortalece la cultura empresarial en los empleados, incrementa la productividad y ayuda a construir una sociedad y unos mercados responsables y seguros. Se espera que el contenido de este Modelo complemente y se integre a otras medidas preventivas, ya existentes en su negocio.
Los objetivos específicos de este Modelo estarian encaminados a:
- Dar a conocer a las empresas los delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo como riesgos para su negocio y el sector.
- Presentar las medidas o controles que se pueden implementar para prevenir dichos riesgos.
- Sugerir una metodología sencilla de implementación y mantenimiento de dichas medidas.
- Dar a conocer una guía que permita establecer aspectos relevantes para la implementación de un sistema de control y administración de riesgos relacionados con el LA/FT.
Hoy, una de las tareas más desafiantes para los empresarios es la de hacer negocios con responsabilidad, con seguridad y ajustados a las normas legales. Por esto, existe una clara necesidad de orientar o fortalecer su gestión empresarial con herramientas como debe dejar este modelo.
Los empresarios toman riesgos y, por consiguiente, deberían tomar medidas preventivas, para protegerse de los diferentes riesgos que afrontan en el desarrollo de su actividad, la guia a desarrollar debe ofrecer una respuesta a esa necesidad de orientación y ayuda para que los negocios puedan integrar medidas preventivas contra los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo de forma exitosa y como parte integral de su actividad empresarial.
Existen varias razones persuasivas para que los negocios incorporen medidas preventivas contra los riesgos de LA/FT en sus estrategias, políticas, procesos y procedimientos.
Una de ellas, es que los negocios cada vez más, se desarrollan en escenarios internacionales y, por lo tanto, se requieren mercados sanos y sostenibles, así como oportunidades equitativas (justicia en los mercados). A su vez, las actividades criminales como el narcotráfico, la corrupción y el terrorismo, entre otras, son fenómenos transnacionales que representan una amenaza no solamente para el país, la región o el mundo entero.
Otra razón, es que cada vez los riesgos asociados a conductas delictivas como el lavado de activos y la financiación del terrorismo vienen siendo objeto de recomendaciones (internacionales o locales) de regulación por parte de organismos o autoridades, que buscan la protección de los sistemas económicos y de los mercados. Un ejemplo claro de esto, son las obligaciones adquiridas por el país en el marco de las Convenciones de Naciones Unidas, en especial las relacionadas en la lucha contra el narcotráfico, la delincuencia organizada y la corrupción (Viena, Palermo y Mérida). Debemos destacar la importancia de los estándares internacionales en esta materia, como las recomendaciones del GAFI que son medidas específicas contra las citadas modalidades delictivas.
Por lo tanto, estas recomendaciones internacionales imponen obligaciones no sólo al Estado y las instituciones que lo integran, sino también a todos los sectores que conforman la sociedad. Esto no excluye al sector empresarial de la Vigilancia y Seguridad Privada.
Por lo anterior, en cumplimiento de estas obligaciones internacionales, el Estado interviene en diferentes sectores de la economía con regulación, para protegerla de los riesgos asociados al lavado de activos y la financiación del terrorismo.
En ejercicio de la facultad de intervención del Estado, Colombia ha venido regulando en esta materia, a los sectores financiero, de economía solidaria, notariado, entre otros, y cada vez se hace extensivo a los demás. Si bien existen sectores regulados, una opción para prevenirse de estos riesgos es la adopción de esquemas de autorregulación, como debería dejar esa guía.
Los mecanismos de autorregulación en los negocios y las medidas preventivas sugeridas en esta guía pueden generar más valor agregado, facilitar el cumplimiento de futuras regulaciones, ofrecer nuevas oportunidades y mejorar la administración de riesgos específicos como la corrupción, el lavado de activos y la financiación del terrorismo. La implementación de las medidas preventivas contenidas en esa guía, garantizaran una mayor transparencia de los negocios, como resultado de la construcción o fortalecimiento de procedimientos (sencillos o complejos) para prevenir los riesgos mencionados.
A su vez, establecer una mayor organización en los negocios porque conlleva a una revisión detallada de prácticas, procedimientos comerciales y financieros. Implica mayor transparencia porque involucra a todos los actores que se relacionan directamente con su negocio (grupos de interés o asociados de negocios), o a quienes participan o se deben enterar de las medidas incorporadas para evitar los riesgos y fortalecer la cultura de legalidad de los negocios.
El sector de la vigilancia y Seguridad Privada tiene obligaciones especiales en materia de prevención, control y administración del riesgo de LA/FT, las cuales se encuentran contenidas en CIRCULAR EXTERNA NÚMERO 007 DE 2006, CIRCULAR EXTERNA NÚMERO 003 DE 2009, CIRCULAR EXTERNA NÚMERO 008 DE 2011, CIRCULAR EXTERNA Nº 20172000000465, CIRCULAR EXTERNA Nº 20182000000045, en las mencionadas Circulares determina que las empresas autorizadas para los servicios de la vigilancia y seguridad privada deben adoptar un SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS PARA LA PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO (SARLAFT) y SISTEMA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DEL RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO (SIPLAFT), el cual incluye la obligación de adoptar políticas y procedimientos para la prevención y control del riesgo de LA/FT, el nombramiento del Oficial de Cumplimiento, capacitación, documentación, procedimientos para el conocimiento de los clientes, de las personas expuestas públicamente, de los asociados y de los trabajadores o empleados. Igualmente se señala la necesidad de incluir en el SARLAFT y SIPLAFT procedimientos para el control del riesgo de LA/FT, que incluye la necesidad de establecer herramientas para identificar operaciones inusuales o sospechosas y los reportes que deben hacer las empresas obligadas a la UIAF.
Estamos seguros que el Sistema de Administración de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SARLAFT) de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, servirá no solamente en las actividades de Control, Detección y Prevención de los riesgos, si no que además será una guía y nos traerá un Modelo en la lucha del Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiamiento para la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, para el sector de la vigilancia y seguridad privada, que se replicará en otros sectores, ese es el gran reto.
Fuente: CARLOS ALFONSO BOSHELL NORMAN