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Gobierno reglamentó venta de seguros para créditos hipotecarios

  • Se estima que la reducción en el costo de los seguros asociados a crédito hipotecario sea de alrededor de una tercera parte.

Con el fin de reducir las primas que pagan alrededor de 800 mil deudores hipotecarios por concepto de seguros asociados a sus créditos con el sistema financiero, el Gobierno Nacional expidió el Decreto Número 673 del 2 de abril de 2014. Uno de los objetivos de la norma es regular la contratación de seguros que los establecimientos de crédito adquieren por cuenta de sus deudores, tales como los seguros obligatorios de incendio y terremoto que amparan el bien hipotecado y aquellos pactados contractualmente, como es el caso de los seguros de vida y desempleo del deudor.

De acuerdo con el Ministro de Hacienda y Crédito Público, Mauricio Cárdenas, “el Gobierno Nacional quiere beneficiar a los miles de colombianos que cuentan con un seguro sobre sus créditos hipotecarios y, para ello, definió las reglas de juego para que todas las aseguradoras que cumplan con esos niveles mínimos de calificación crediticia puedan participar y que, por ende, se obtengan unos menores costos de seguros para los deudores”.

As las cosas, se estima que la reducción en el costo de los seguros asociados a crédito hipotecario sea de alrededor de una tercera parte. Por ejemplo, para un inmueble de $200 millones, financiado con  un crédito de $140 millones a un plazo de 15 años, la aplicación del mecanismo contenido en el decreto implica una reducción estimada para el deudor de $648.000 en un año en el costo de estos seguros.

El Decreto expedido promoverá la competencia en la contratación de esos seguros mediante el establecimiento de un procedimiento de licitación que facilitará la participación de las compañías aseguradoras interesadas. Dentro de la nueva normatividad se establece la obligación de poner a disposición de las aseguradoras interesadas toda la información relevante, y que el precio sea uno de los criterios más importantes de selección entre las compañías que cumplan con un requisito de calificación crediticia mínimo.

Según el Ministerio de Hacienda, el decreto determina que todas las aseguradoras que estén autorizadas para ofrecer los ramos de seguros a licitar, podrán participar en la licitación en la medida en que cumplan con los requisitos de admisibilidad sobre los criterios técnicos relacionados directamente con la prestación del servicio. En todo caso, no podrán establecerse condiciones o requisitos que favorezcan a una entidad en particular.

Por otra parte, se prohíbe el cobro por parte del establecimiento de crédito de ningún sobrecargo asociado a la venta del seguro. En esa medida, los ahorros derivados de la contratación colectiva de estos seguros serán transferidos en su totalidad a los deudores asegurados.

Documentos Adjuntos: Decreto Número 673 del 2 de abril de 2014 [wpdm_file id=67]

Fuente: mercadodedinero