Normatividad

Errores de redacción, numeración y gramática obligan a modificar la Ley de Seguridad Ciudadana mediante decreto

En la Ley 2197 del 2022 o Ley de Seguridad Ciudadana se encontraron errores en el orden consecutivo de sus artículos (numerales o literales), así como de redacción y gramática, también hubo fallas de digitación y transcripción. Lo anterior obligó a ajustar tantas fallas mediante decreto.

En los artículos 3, 5, 7, 8, 14, 17, 21, 22, 23, 24, 27, 28, 37, 39, 40, 41, 42, 43, 47 y 52 de la Ley 2197 se evidencian errores de digitación que alteran el orden consecutivo que deben guardar en su estructura lógica, bien sea cuando se hizo uso de numeración arábiga, como empleo de consecutivos literales.

Igualmente, en el contenido de los artículos 2, 13, 28, 34, 39, 44 y 50 se efectúan correcciones, con el fin de superar errores de redacción. En el artículo 35 se hace la corrección a un error de transcripción para incluir el artículo aprobado en la fe de erratas publicada en las gacetas 1903 de la Cámara de Representantes y 1926 del 2021 del Senado de la República, correspondiente al texto conciliado, quedando así:

“Artículo 35. Definición de Permiso. Permiso es la autorización que el Estado concede, a través del DDCAE, o quien haga de sus veces, a las personas naturales o jurídicas para el porte de armas, elementos y dispositivos menos letales, así como para su importación y exportación y comercialización.

Parágrafo. El permiso para porte autoriza a su titular para llevar consigo en los lugares autorizados un (1) arma menos letal. Este permiso se expedirá por el término de tres (3) años. El permiso y, si es el caso, su renovación, dependerán de la no incursión en alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 37 de esta ley”.
El decreto entonces se convierte en una importante guía de cómo quedó la Ley 2197, consulte cada cambio en el documento adjunto a esta nota.

Fuente: Mininterior, Decreto, 207 / Ámbito Jurídico