El nuevo enfoque regulador de los criptoactivos
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) compiló la doctrina vigente en materia tributaria, aduanera y de fiscalización cambiaria de criptoactivos que ha expedido la entidad, con el objetivo facilitar a los contribuyentes la validación de la normativa en vigor.
El documento, de más de 30 páginas, reúne 27 documentos entre oficios y conceptos que ha emitido la entidad sobre este tema, con las normativas y doctrinas que actualmente están vigentes, entre ellas se encuentra la definición de criptoactivos, si con estos se debe o no declarar renta.
Así mismo, especifica el momento en el cual se deben realizar los ingresos en activos digitales y en moneda extranjera digital que reciben las personas naturales obligadas y no obligadas a llevar contabilidad, los cuales se obtienen de ventas directas de bienes y servicios en negocios multinivel.
Es importante destacar que este método fue calificado como activo intangible o inmaterial a través de los artículos 24 y 265 del Estatuto tributario, por lo que la entidad presenta las dos situaciones que se podrían presentar para el tratamiento aplicable a la venta de criptoactivos en el exterior mediante plataformas internacionales y que el pago se realiza en el territorio colombiano.
La disposición también explica si los vendedores de criptoactivos deben facturar sus ventas y relaciona el soporte de costos y deducciones en la compra de los mismos.
Fuente: Ámbito Jurídico