Solo en los fondos de cesantías los afiliados pueden decidir cómo invertir sus ahorros.
Todos los trabajadores pueden escoger el Fondo donde quieran ahorrar sus cesantías. Elegir es un derecho que les permitirá sacarle un mayor provecho a este ahorro.
¿Qué son las cesantías?
Son una prestación social a la que tiene derecho todo trabajador que tenga un contrato laboral. Equivalente a un mes de salario por cada año de servicio o proporcional al tiempo laborado. El empleador debe consignarlas cada año, antes del 15 de Febrero, en un fondo de cesantías. Para aquellos trabajadores que tienen un salario integral (más de 10 smlmv), los empleadores no están obligados a reconocer esta prestación.
¿Para qué sirven las Cesantías?
Las cesantías son el mejor seguro de desempeño. Actúan como un mecanismo de protección en caso de desvinculación laboral y también apalancan progreso a través de la compra, mejoramiento o liberación de vivienda y el pago educación del afiliado o de su familia. Las cesantías son el gran aliado de los trabajadores.
¿Cómo se ahorran las cesantías?
En Colombia, desde 2010, existe el esquema Multiportafolios, que le permite a los afiliados elegir como invertir las cesantías mediante dos tipos de portafolios: Corto y largo plazo. Cada uno tiene sus propias características de inversión, rentabilidad y tiempo de permanencia.
Al proceso de elegir uno de dichos fondos o distribuir las cesantías entre ambos, se le conoce como Definición del Perfil de Administración. La clave a la hora de elegir es saber el uso que le dará a las cesantías y por cuánto tiempo las mantendrá ahorradas. Para eso veamos las características de cada uno.
PORTAFOLIO CORTO PLAZO
- Orientado a los afiliados que van a utilizar sus cesantías por un periodo menor a 6 meses.
- Sus inversiones son de menor riesgo y la rentabilidad tiende a ser menor que en el portafolio largo plazo.
- Su objetivo es mitigar el riesgo de pérdida en los retiros que se realicen en el corto plazo.
- Es para personas con un perfil de riesgo conservador, aquellos que prefieren la seguridad.
- La rentabilidad se calcula en un periodo acumulado de tres meses.
- Comisión de administración del 1% efectivo anual.
- No tiene comisión por el retiro de las cesantías cuando el trabajador se quede sin empleo.
Política general de Inversión.
Inversiones en mercados locales y globales en activos con muy baja volatilidad en sus retornos. Invierte en instrumentos que puedan venderse fácilmente, preservando el capital pero sin generar altas rentabilidades, buscando atender de esta manera los retiros que se presentan en el corto plazo.
PORTAFOLIO LARGO PLAZO
- Orientado a los afiliados que conservarán sus cesantías por un periodo mayor a 6 meses.
- Sus inversiones son a mayor plazo y, probablemente, con un mayor riesgo que en el portafolio de corto plazo, aunque la rentabilidad tiende a ser mayor.
- Es para personas con un perfil de riesgo moderado.
- La rentabilidad se calcula en un periodo acumulado de 24 meses.
- Comisión de administración del 3% efectivo anual.
- No tiene comisión por el retiro de las cesantías cuando el trabajador se quede sin empleo.
Política general de Inversión.
Inversiones en mercados locales y globales en diferentes tipos de activos de renta fija y de renta variable (tales como títulos de la Nación, bonos, acciones, entre otros). El portafolio busca retornos consistentes en el mediano plazo.
¿Cuáles son sus derechos como afiliado a un Fondo de Cesantías?
- Tener una cuenta individual a su nombre, en la cual están sus ahorros y rendimientos generados.
- Elegir y modificar el portafolio en el cual quiere ahorrar sus cesantías (corto o largo plazo), o en ambos.
- Elegir el Fondo de Cesantías y poder trasladarse voluntariamente.
- Retirar el dinero depositado en las Administradoras, por las causas y tiempos legalmente previstos.
- Recibir semestralmente el extracto de su cuenta.
- Participar en voz y voto en la asamblea de afiliados al Fondo de Cesantías al que este afiliado.
- Conocer: composición de portafolios, rentabilidades, valor de comisiones de administración y retiro.
¿Cuáles son sus obligaciones como afiliado a un Fondo de Cesantías?
- No afiliarse a más de un Fondo de Cesantías por cada contrato de trabajo.
- Dar aviso, tanto a la sociedad administradora como a su empleador, en caso de que desee trasladarse de Fondo de Cesantías.
- Cumplir con los requisitos y procedimientos establecidos para el retiro parcial o total de las cesantías.
Fuente: El Tiempo