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Conoce el Programa de apoyo al empleo Formal – SUBSIDIO EMPRESAS

Por considerarlo un tema de interés, se envía adjunto el decreto 639 del 8 de mayo de 2020, por el cual se crea el programa de apoyo al empleo formal – PAEF, en el marco de la emergencia económica, social y ecológica declarado por el Decreto 637 de 2020.

El objeto del presente es apoyar y proteger el empleo formal del país durante la pandemia del nuevo coronavirus Covid-19. Consta de 13 artículos en los que se detalla la ejecutoriedad para ser beneficiario.

Los beneficiarios, son personas jurídicas que cumplan con los siguientes requisitos:

  1. Hayan sido constituidas antes del 10 de enero de 2020;
  2. Cuenten con un registro mercantil que haya sido renovado por lo menos en el año 2019. Esto requisito únicamente aplica para las personas jurídicas constituidas en el año 2018 y anteriores.
  3. Demuestren la necesidad del aporte estatal al que se refiere el artículo 1 del presente Decreto Legislativo, certificando una disminución del veinte por ciento (20%) o más en sus ingresos. (El Ministerio de Hacienda determinará el método de cálculo para la disminución del ingreso)
  4. No hayan recibido el aporte de que trata el presente Decreto Legislativo en tres ocasiones; y
  5. No hayan estado obligadas, en los términos de los numerales 1, 2 Y 3 del artículo 8 del presente Decreto Legislativo, a restituir el aporte estatal del Programa de apoyo al empleo formal -PAEF.

La cuantía del aporte estatal corresponderá al número de empleados multiplicado por hasta el cuarenta por ciento (40%) del SMLMV.

Procedimiento de postulación para la obtención del aporte estatal del Programa de apoyo al empleo formal-PAEF:

  1. Solicitud firmada por el representante legal de la empresa, en la cual se manifiesta la intención de ser beneficiario del Programa de apoyo al empleo formal-PAEF.
  2. Certificado de existencia y representación legal, en el cual conste el nombre y documento del representante legal que suscribe la comunicación del numeral primero de este artículo.
  3. Certificación, firmada por el representante legal y el revisor fiscal, o por contador público en los casos en los que la empresa no esté obligada a tener revisor fiscal, en la que se certifique:

3.1. El   número de empleos formales que se mantendrán en el mes correspondiente a través del aporte estatal objeto de este programa.

3.2. La disminución de ingresos (del veinte por ciento – 20%)

3.3. Que los recursos solicitados y efectivamente recibidos serán, única y exclusivamente, destinados al pago de los salarios de los empleos formales del beneficiario.

El Programa de Apoyo al Empleo Formal -PAEF estará vigente por los meses de mayo, junio y julio de 2020. Los beneficiarios sólo podrán solicitar, por una vez mensualmente, el aporte estatal del que trata este programa hasta por un máximo de tres veces.