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¿Cómo calcular las cesantías y sus intereses?

Las empresas tienen plazo de liquidar las cesantías de sus empleados entre el 31 de enero y el 14 de febrero.

Cada año las empresas liquidan a los empleados las cesantías y los intereses de éstas, entre el el 31 de enero y el 14 de febrero. De no hacerlo dentro de este plazo, la empresa tendrá un sanción por mora de un día de salario por cada día de atraso en el pago.

Cabe recordar que las cesantías son consideradas un ahorro que funciona en el momento en que la persona queda desempleada o cesante. Sin embargo, la ley permite retirar las cesantías para educación superior; para comprar, construir o mejorar vivienda; para seguros educativos y para pago del impuesto predial.

Si usted lleva un año laborando, las cesantías corresponderán a un salario mensual. Si lleva menos de un año, se calculan así:

Salario x Días laborales / 360 = Total

Ejemplo: $2.000.000 x 180 / 360 = $1.000.000

Los intereses de las cesantías, que corresponden al 12 % anual, deberán reflejarse en el pago de su nómina. Se calculan así:

Si lleva un año laborando:

Cesantías acumuladas x 0.12 = Total

Ejemplo: $1.000.000 x 0.12 = $120.000

Si lleva menos de un año:

Cesantías acumuladas x Días laborados x 0.12 / 360 = Total

$1.000.000 x 180 x 0.12 / 360 = $60.000