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Así se defiende la banca del lavado de activos

Recientemente Colombia ascendió hasta el puesto 22 en el ranking de países con menor riesgo de activos en el mundo, lo que además lo posiciona como el país de la región con menor riesgo y seguido de Chile, que se ubica en el puesto 38.

Además de la gestión propia de las entidades de control como la Superintendencia Financiera y la Unidad de Información y Administración Financiera (Uiaf), los bancos y entidades financieras juegan un papel fundamental en la aplicación de las normas nacionales e internacionales y la prevención no solo de los riesgos asociados al lavado de activos, sino también de insolvencia.

Asobancaria explica cómo se protegen los bancos que operan en el país en el caso del lavado de activos y financiación del terrorismo y cómo aplican las normas internacionales.

¿Cómo está blindado el sistema financiero para evitar la entrada de recursos ilegales?

La labor del sector financiero, según el enfoque basado en riesgos, es la prevención y control del lavado de activos y financiación del terrorismo que se encuentran latentes en las operaciones que cursan en el sistema, es por esto que, para mitigar su materialización y la de sus delitos subyacentes, las entidades:

  •        Aplican medidas exhaustivas de conocimiento de clientes y beneficiarios finales.
  •        Establecen modelos de monitoreo de clientes.
  •        Establecen procesos, políticas, criterios y medidas

Así mismo, conscientes de la evolución que experimentan día a día estos delitos y la incidencia que ha tenido en los diferentes sectores de la economía, a través de los comités de cumplimiento de Asobancaria (Comité de Oficiales de Cumplimiento, trabajando hace más de 20 años, y Comité InterGremial para la Prevención del LA/FT, que inicio en 2016) se trabaja de manera articulada con autoridades, entes reguladores y actores del sector privado, en aras de mitigar la materialización de estos delitos y sus conductas delictivas subyacentes.

La labor de estos Comités se centra en:

  •        El análisis de las diferentes tipologías vinculadas con el LA, con el fin de generar documentos que incluyan la visión de los diferentes actores involucrados en la mitigación de este delito. De forma adicional, también se generan estándares de buenas prácticas.
  •        Análisis de la normativa internacional, particularmente los referentes de la región.
  •        Acercamientos con las autoridades, el regulador y las entidades del gobierno, con el objetivo de establecer planes de trabajo coordinado.
  •        Conceptos técnicos sobre aspectos de la regulación local o internacional.

¿Cómo opera la legislación contra el lavado de activos en el país?

En Colombia la legislación contra el lavado de activos se divide en regulación penal y administrativa. En la primera se encuentran las conductas delictivas a partir del artículo 323 del Código Penal. En el segundo caso, para el sector financiero se tiene la Circular Externa 055 de 2017 que es la versión más reciente del SARLAFT o Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.

A nivel nacional, es el Ministerio de Justicia y del Derecho quien establece la Política Nacional Anti Lavado de Activos y Contra la Financiación del Terrorismo, y es a través de la Comisión de Coordinación Interinstitucional para el Control del Lavado de Activos -CCICLA – (organismo consultivo del Gobierno Nacional y ente coordinador de las acciones para combatir estos delitos; compuesta por el ministro de Justicia y del Derecho o el viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa, el ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado, el ministro de Defensa Nacional o su delegado, el fiscal General de la Nación o su delegado y el Director General de la Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero o su delegado) que realiza control a efectividad de las políticas establecidas.

Para establecer estas políticas nacionales, el Gobierno toma como referente los estándares internacionales (como los son: GAFI, Basilea, y las de organismos internacionales como UNODC, OEA, FMI, otros) y los lleva a los diferentes sectores de la economía a través de las Superintendencias, quienes a su vez, establecen regulación particular para su sector y la plasman en documentos públicos de obligatorio cumplimiento para los vigilados, como lo es el caso del SARLAFT del sector financiero y del SAGRLAFT del sector de sociedades.

¿Cuáles son los principales retos del sector en esta materia?

Para el sector financiero en el corto y mediano plazo se avecinan grandes retos relacionados con:

  •         El control, monitoreo y mitigación de posibles riesgos vinculados a los avances tecnológicos, como las fintech.
  •         La debida diligencia mejorada que trae la innovación de la banca digital para la mitigación de la globalización de los delitos.
  •         La inclusión de nuevos actores en el sistema financiero.
  •         La gestión de los riesgos de lavado de activos y su vínculo con la corrupción.

Ya hay excombatientes con cuentas en el sistema financiero. ¿Cómo vigila la banca que esos recursos sean producto de actividades legales?

Como lo ha anunciado el Gobierno Nacional, la población reincorporada ingresará al sistema financiero a través del Banco Agrario de Colombia con el fin de recibir los recursos provenientes de los subsidios que se les otorgará, en este sentido, es el Banco quién posee la información de los recursos que cada ciudadano manejará en las cuentas respectivas.

No obstante, el total de la banca colombiana, incluyendo al Banco Agrario de Colombia, continuará aplicando la regulación actual en cuanto a los procesos de conocimiento de clientes y monitoreos transaccionales con la rigurosidad que siempre lo ha hecho, efectuando en los casos que lo ameriten procesos ampliados, mejorados y más exhaustivos.

¿Qué le falta al país en términos de prevención de lavado de activos?

El Gobierno Nacional a través de sus diferentes Ministerios, Superintendencias, Direcciones y Oficinas ha expedido normatividad que sin duda ayuda a la gestión de los obligados para la mitigación de los riesgos de LA/FT y que lo convierte en líder en la lucha contra estos flagelos. No obstante, se requiere de: (i) mayor compromiso de todos los sectores de la economía y de las altas gerencias, (ii) regulación particular sobre corrupción (pública y privada) como delito fuente de LA; y (iii) mayores insumos para determinar el trato que se dará a la población reincorporada.