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Colombia

A partir de este martes rigen multas del nuevo Código de Policía

Este martes finaliza la etapa pedagógica del Nuevo Código de Policía y Convivencia e inician las sanciones económicas para quienes incumplan las normas. Los 243 artículos que sancionan los comportamientos inadecuados de la ciudadanía están clasificados por cuatro tipos de multas.

La multa Tipo 1 corresponde a un valor de $98.362, que tendría que pagarse en caso de no recoger los excrementos de la mascota, obstruir por cualquier medio la ciclorruta y ocupar el espacio público con violación de las normas vigentes, entre otros.

Actos como agredir, irrespetar o desafiar a la autoridad policiva, iniciar una riña que pueda derivar en agresión física; portar armas, elementos cortantes, punzantes o semejantes, o sustancias peligrosas, en áreas comunes o lugares abiertos al público; trasladar caninos de raza peligrosa sin bozal, correas y demás elementos establecidos, entre otros tienen una multa Tipo 2 de $196.724.

Entre los comportamientos que podría generar una multa Tipo 3, por valor de $393.499, están consumir bebidas alcohólicas o sustancias prohibidas en establecimientos educativos o realizar actos sexuales en espacio público, entre otros.

La multa tipo 4, por $786.898, se establece para las personas que realicen necesidades fisiológicas en espacio público, arrojar basuras en espacio público o hacer mal uso de las líneas de emergencia.

Las multas de tipos 1 y 2 ofrecen la posibilidad de conmutarlas por otras medidas correctivas, como la participación en programas comunitarios, como jornadas de ornato y embellecimiento, o en actividades pedagógicas, que consisten en la participación en programas educativos determinados y desarrollados por las alcaldías distritales o municipales. Lo anterior debe hacerse dentro de los cinco días hábiles posteriores a la orden de comparendo.

Así mismo, las multas tipos 3 y 4 pueden llegar a tener un descuento del 50%, siempre y cuando los ciudadanos la cancelen dentro de los cinco días hábiles siguientes a la imposición de la orden de comparendo.

Además, se brinda la posibilidad de tener un descuento adicional del 25%, en caso de que se solicite a la autoridad de Policía participar en programas o actividades pedagógicas de convivencia.

Si transcurridos seis meses desde la fecha de imposición de la multa esta no ha sido cancelada con los intereses respectivos, la persona no podrá obtener o renovar permiso de tenencia o porte de armas, ser nombrado o ascendido en cargo público, ingresar a las escuelas de formación de la Fuerza Pública, contratar o renovar contrato con cualquier entidad del Estado, obtener o renovar el registro mercantil en las cámaras de comercio.

Cuando un ciudadano reciba un comparendo podrá acceder a la página web de la Policía www.policia.gov.co y allí podrá verificar que tipo de multa le fue impuesta. Después de obtener esa información se dirigirá a la Casa de Justicia más cercana, debe llevar el documento de identidad y el comparendo. Allí podrá agendar la cita para el curso pedagógico en caso de que la sanción sea condonable.

Comerciantes

Los horarios en establecimientos comerciales, seguridad, espacio público, la cultura e idiosincracia costeña y hasta el clima, son algunos de los temas que preocupan a los comerciantes en la aplicación del nuevo Código de Policía y por ello solicitarán apoyo al Concejo de Barranquilla ante la administración Distrital, en la reglamentación.

El presidente de Undeco Orlando Jiménez, dijo que no es justo para el sector comercial que se apliquen las sanciones que están consignadas para todos los ciudadanos. “Se debe tener en cuenta la razón social del negocio y modificar algunos puntos”, agregó.

Fuente: elheraldo.co