El presidente Juan Manuel Santos sancionó la ley que establece nuevas reglas para el cobro del arancel judicial. Así las cosas, el demandante deberá cancelarlo antes de presentar la demanda y su tarifa será de 1,5 % de las pretensiones, sin que pueda superar los 200 salarios mínimos mensuales legales vigentes. La norma, que deroga la Ley 1394 del 2010, señala que la contribución parafiscal se aplicará a todos los procesos judiciales con pretensiones dinerarias, excepto a los procedimientos arbitrales, penales, laborales, de familia, de menores, procesos liquidatorios, de insolvencia y de jurisdicción voluntaria, entre otros. En cuanto a la...