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SuperVigilancia fija lineamientos para el recaudo de la Cuota de Contribución 2014

La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada informa a todas las personas naturales y jurídicas sometidas al control, inspección y vigilancia por parte de éste organismo, que con la Resolución No. 19357 de 10-03-2014, se fijó como último plazo el 29 de Agosto de 2014, para el recaudo anual de la Cuota de Contribución a que están obligados; así mismo, se fijaron los criterios técnicos y jurídicos que facilitan el cumplimiento de las normas y los procedimientos para su aplicación.
Este único pago deberá realizarse en la Cuenta Corriente No. 4574 6999 3838 del Banco Davivienda en cualquiera de las siguientes modalidades: efectivo, electrónico, transferencia bancaria o cheque de gerencia girado a nombre de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, dentro del plazo estipulado; de no ser así, causará intereses de mora de conformidad con el Estatuto Tributario y la Ley 1066 de 2006.
Reporte la información financiera antes del 30 de abril de 2014
Los servicios de vigilancia y seguridad privada deberán registrar en la página web de la SuperVigilancia, la información financiera definitiva con corte a 31 de diciembre de 2013, a más tardar el próximo 30 de abril, para evitar sanciones según lo previsto en la Resolución 2946 de 2010.
Esta información deberán enviarla en físico, remitida al Grupo de Recursos Financieros de la SuperVigilancia, al Centro de Información para el Ciudadano (Avenida Eldorado N° 69-63 Oficina 509 Edificio Torre 26 en la ciudad de Bogotá, D.C.).

Docunento Adjunto: Resolución No. 19357 de 10-03-2014 [wpdm_file id=62]