
Prohibición de delegar funciones de seguridad a personal de conserjería
COMUNICACIÓN No. 25-135
DE: DIRECTORA EJECUTIVA ASOSEC®
PARA: ASOCIADOS ASOSEC®
ASUNTO: CIRCULAR DE LA SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA: PROHIBICIÓN DE DELEGAR FUNCIONES DE SEGURIDAD A PERSONAL DE CONSERJERÍA
FECHA: 27 DE OCTUBRE DE 2025
Estimado Asociado,
La Asociación Colombiana de Seguridad – ASOSEC® informa a sus empresas afiliadas, contratantes, entidades públicas, privadas y ciudadanía en general sobre la Circular N° 20251000000085CS, emitida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada el 23 de octubre de 2025. Este importante documento establece las diferencias entre los servicios de conserjería y los servicios de vigilancia y seguridad privada, recordando la prohibición de delegar funciones de seguridad a personal no vinculado a empresas autorizadas. (Prohibición de delegar funciones de seguridad a personal de conserjería)
Marco legal y normativo
De acuerdo con el artículo 110 del Decreto Ley 356 de 1994 y la Ley 1920 de 2018, únicamente las empresas que cuenten con licencia de funcionamiento vigente expedida por la Superintendencia están legalmente facultadas para prestar servicios de vigilancia y seguridad privada. Contratar servicios no autorizados representa un riesgo jurídico, operativo y de seguridad, tanto para las empresas como para los usuarios finales.
Diferencias entre conserjería y vigilancia privada
La Circular aclara que, según la Clasificación Única de Ocupaciones para Colombia (CUOC 2023) del DANE, las labores de conserjería se limitan a funciones de recepción, limpieza, mantenimiento y apoyo logístico, excluyendo cualquier actividad relacionada con control de acceso, rondas o vigilancia de bienes. Por tanto, los conserjes no pueden desempeñar tareas propias del personal de vigilancia, el cual debe estar capacitado, certificado y vinculado a una empresa con licencia de funcionamiento.
Funciones exclusivas del personal de vigilancia
En contraste, los servicios de vigilancia y seguridad privada comprenden actividades que buscan prevenir o detener perturbaciones que afecten la vida, la integridad o los bienes de las personas. El personal de vigilancia autorizado puede portar armas (según modalidad), realizar rondas, actuar ante emergencias, controlar accesos y proteger instalaciones, conforme a la normativa vigente y bajo supervisión de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. (Prohibición de delegar funciones de seguridad a personal de conserjería)
Respaldo constitucional
La Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-995 de 2004, ratificó que la protección de personas y bienes es una función exclusiva del Estado, delegada únicamente a quienes cuentan con autorización oficial. Por ello, se prohíbe terminantemente contratar conserjes o personal no vinculado a empresas de seguridad para la ejecución de labores de vigilancia. Esta medida busca garantizar estándares de seguridad, prevenir riesgos y evitar sanciones administrativas o legales por el uso indebido de personal no autorizado.
Uso indebido de uniformes y valores agregados
La circular también advierte sobre el uso indebido de uniformes o distintivos similares a los del personal de vigilancia, práctica que puede inducir a error y configurar una prestación ilegal del servicio de seguridad privada. Asimismo, prohíbe ofrecer valores agregados o reinversiones que distorsionen la competencia y vulneren la transparencia del sector. Todo servicio debe prestarse bajo las condiciones y tarifas reguladas por la Superintendencia. (Prohibición de delegar funciones de seguridad a personal de conserjería)
Recomendaciones finales
ASOSEC® invita a las entidades contratantes y usuarios del sector a verificar siempre que las empresas de vigilancia cuenten con licencia de funcionamiento vigente, disponible para consulta en el portal oficial de la Superintendencia:
Cumplir con la normativa de vigilancia y seguridad privada en Colombia fortalece la seguridad ciudadana, protege la legalidad del sector y promueve la formalización y profesionalización de quienes trabajan por la tranquilidad del país.
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