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Plazo para renovar oportunamente el registro mercantil vence el 31 de marzo

Los comerciantes deberán ponerse al día con su obligación legal de renovar su matrícula mercantil y la de sus establecimientos de comercio, antes del próximo martes 31 de marzo.

Así lo advirtió la Superintendencia de Industria y Comercio (Superindustria), al recordar que los comerciantes que no hayan renovado su matrícula mercantil, ni la de su establecimiento de comercio podrán ser sancionados hasta con 10 millones de pesos de multa.

Mediante la Ley 1727 del 2014, que reformó el Código de Comercio, se fijaron normas para el fortalecimiento de la gobernabilidad y el funcionamiento de las cámaras de comercio y se dictaron otras disposiciones.

Esa norma ordena que en abril de cada año las cámaras le reporten a la Superindustria el listado de los comerciantes que incumplieron con su deber legal de renovar la matrícula mercantil, para que la entidad pueda adelantar las respectivas investigaciones administrativas e imponer las sanciones a que haya lugar.

Cabe recordar que el único requisito para renovar la matricula mercantil es dirigirse a la respectiva cámara de comercio, diligenciar el formulario de renovación y cancelar los derechos de matrícula correspondiente. Los comerciantes también pueden consultar con su respectiva cámara el procedimiento para efectuar este trámite de manera virtual.