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Pensionados pagarían únicamente el 4% por concepto de aportes para salud

Como algunos lectores lo recordarán, la ley 100 de 1993 (reglamentada en lo pertinente por el Decreto 692 de 1994), modificó el monto de los aportes para salud a cargo de los pensionados  de 3.96% que venían pagando, al 12%. Más tarde, la ley 797 de 2003 incrementó este porcentaje al 12.5%, incremento éste que fue “tumbado” por la Corte Constitucional, quedando nuevamente en el 12%.

De esa manera y desde ese momento los ingresos de los pensionados se han visto seriamente disminuidos, con grave perjuicio para los jubilados y de manera particular para  quienes devengan pensiones cercanas al mínimo legal.

Ya se sabe que el tránsito del trabajador de su condición de activo al de pensionado le significa a éste  una reducción significativa de sus ingresos, toda vez que en la inmensa mayoría de los casos la cuantía de las pensiones apenas bordea el 75% del ingreso base de liquidación. Y si a este recorte se le suma el descuento del 12% para salud,  fácil resulta visualizar las penurias a que se ven enfrentados los retirados.

Pues bien, consciente de esa situación, el gobierno del presidente Santos ha venido impulsando y apoyando un proyecto de ley que hace tránsito en el Congreso de la República  (y que ya fue aprobado en primer debate en la comisión séptima de la Cámara de Representantes) que establece una reducción del 12% al 4% en el monto de los aportes que deben cubrir los pensionados. O sea que el propósito es volver a dejar las cosas en el mismo estado en que se encontraban antes de expedirse la ley 100 de 1993. La diferencia quedaría a cargo del Estado. Se estima que con esa medida se beneficiarán cerca de un millón novecientos mil pensionados.

Según lo indicó Juan Carlos Cortés, viceministro de Empleo y Pensiones,“en este tema el Ministerio del Trabajo ha defendido y promovido que la cotización de los pensionados a salud se vuelva equivalente a la que pagan los trabajadores activos en Colombia que es del 4 por ciento sobre el valor de su ingreso, consecuentes con el cambio progresivo de financiación de la salud, para que ahora se dé a través de recursos fiscales y no de contribuciones”.

No es de descartar que en el trámite del proyecto se le pongan límites a dicho beneficio de tal suerte que la medida favorezca preferentemente a quienes devengan pensiones modestas.

Fuente :  Gerencia.