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Embarazadas que sean despedidas sin autorización deben ser indemnizadas

Al retomar lo señalado en el Concepto 100180, el Ministerio del Trabajo reiteró que está prohibido despedir a las trabajadoras que se encuentren en estado de embarazo o en periodo de lactancia.

 

Además, sobre la autorización para el despido de mujeres en dicho estado o durante los tres meses posteriores al parto, aclaró que solo puede concederse con fundamento en alguna de las causales legales que tiene el empleador para dar por terminado el contrato laboral por justa causa.

 

La entidad advirtió que antes de una decisión definitiva, el funcionario debe oír a la trabajadora y practicar todas las pruebas conducentes solicitadas por las partes. Además, cuando sea un alcalde municipal quien conozca de la solicitud de permiso, su determinación tiene carácter provisional y debe ser revisada por el inspector del trabajo residente en el lugar más cercano.

 

Otro de los puntos aclarados es que las mujeres embarazadas o en lactancia despedidas sin autorización tienen derecho al pago de una indemnización equivalente a los salarios de 60 días,fuera de las indemnizaciones y prestaciones a que haya lugar, de acuerdo con el tipo de vinculación.

 

Así mismo, tendrán derecho al pago de las 14 semanas de descanso remunerado, si no han disfrutado de su licencia por maternidad. En caso de parto múltiple, se les deberán pagar dos semanas adicionales, y si el hijo es prematuro, la diferencia de tiempo entre la fecha del alumbramiento y el nacimiento a término.

 

Cabe recordar que, el año pasado, la Corte Constitucional unificó su jurisprudencia sobre los beneficios laborales especiales para las mujeres embarazadas y ratificó que, independientemente del tipo de contrato, no pueden ser despedidas ni apartadas de sus cargos.

 

La Sala Plena indicó que, por regla general, sin importar si se trata de un contrato de prestación de servicios,las trabajadoras embarazadas tienen derecho a recibir la licencia de maternidad, con todos sus beneficios.

Fuente:  Ambito Juridico.