Conozca algunas de las sanciones que traerá el nuevo Código de Policía
La norma que busca fortalecer la seguridad ciudadana y garantizar la convivencia fue aprobada en último debate, pasará a conciliación y luego a sanción presidencial.
Doce horas y 17 minutos ocupó a la plenaria de la Cámara de Representantes terminar de aprobar el voluminoso Código de Policía. Eso, sin contar las sesiones de martes y miércoles, que también se extendieron más de ocho horas. No era para menos. Un total de 245 artículos se constituyen en nuevas normas relacionadas con la convivencia ciudadana, pero podrían suponer la concesión de facultades excesivas para la autoridad policial. La aprobación se hizo con rigor.
Lo curioso es que el proyecto había sido puesto a consideración en el Congreso desde hace un año y medio, pero sólo en la recta final de la legislatura, al Gobierno le entró el afán por su aprobación y por eso los que se opusieron a la iniciativa, como el representante Alirio Uribe (Polo), consideraron que la norma había sido diseñada a las carreras.
Lo que aprobó la Cámara de Representantes, en palabras del Gobierno, fue una herramienta para “fortalecer la Seguridad Ciudadana”, como dijo el ministro de Defensa, Luis Carlos Villegas, al culminar la votación. De ser ley, dice el funcionario, podrá garantizar una mejor convivencia y enfrentar la intolerancia que se ha convertido en una de las principales causas de los conflictos entre ciudadanos y vecinos.
Pero no sólo eso, pues la norma también tiene varios capítulos con los que se pretende enfrentar algunos delitos, llamado menores, pero que son el azote en muchas capitales, por ejemplo, el robo de celulares. Habrá cierres definitivos contra los establecimientos que vendan celulares robados.
Cuando se diseñó el vigente Código de Policía, las ciudades eran más pequeñas, había más casas que apartamentos, no existían los sistemas de transporte masivo (ni mucho menos los colados en esos buses). Tampoco se pensaba, siquiera, en el matoneo por las redes sociales.
Hace 50 años no eran frecuentes los conflictos entre vecinos por cuenta del elevado volumen de los equipos de sonido, ni que las tiendas vendieran alcohol cerca de colegios, universidades, iglesias o puestos de salud. Mucho menos se advertía como problemática la convivencia con mascotas. Las calles en ese entonces no estaban invadidas de grafitis o inundadas de basura. Los tiempos cambian y las leyes se deben ajustar.
En el Código anterior- por ejemplo- los colombianos tenían que pedir permiso a las alcaldías para movilizarse en marchas en vías públicas. El permiso quedó abolido. Basta informar con 48 horas de antelación, señalar el recorrido, para que las autoridades tomen las medidas de precaución y sólo en caso de que se arme un problema de orden público se podrá disolver. Antes los alcaldes podían negar el derecho a la protesta, ahora no. Las protestas en hospitales, en colegios, en iglesias, en cementerios, quedaron prohibidas.
Una de las polémicas decisiones es la facultad a la Policía para ingresar a las viviendas sin orden judicial.
Esa autorización hoy sólo se permitía en casos excepcionales: cuando se debe capturar a alguien en flagrancia, durante un incendio o cuando alguien pida auxilio desde el interior de la casa. Ahora se agregaron dos garantías, quien ingrese tendrá que presentarle a su superior un informe de las razones de ingreso y un balance de la actuación policial. Para algunos, esta disposición no deja de ser una violación al derecho fundamental a la propiedad, al domicilio.
Hoy, cuando se llamaba a la Policía para atender los casos de riñas no estaban habilitados a interceder hasta tanto no se produjeran lesiones. Ahora la podrá controlar sin que se produzcan lamentables consecuencias (Podría leer: El Código de Policía que reclaman los ciudadanos).
Antes, una discusión por ruido entre vecinos e incluso problemas por invasión de espacio público tardaba seis y hasta ocho años en resolverse en las direcciones de justicia de las alcaldías.
El nuevo código crea un procedimiento de policía expedito que resuelve este tipo de casos administrativamente sin tener que acudir a instancias judiciales. La autoridad podrá suspender las fiestas -en caso de exceso de ruido- o sellar temporalmente los negocios que excedan el volumen de sus equipos de sonido.
Si una persona deambula por la calle bajo los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas, la Policía tendrá la facultad de conducir a la persona. La medida no deja de ser controversial y aunque fue aprobada, se cuestionó la posibilidad de que se constituya en una restricción de las libertades individuales. Sin embargo, el espíritu de la norma es de carácter preventivo.
Se creó un extenso capítulo de sanciones y multas. La más novedosa es la que aplica contra aquellos que hagan grafitis en el espacio público, paredes públicas, postes, fachadas, antejardines. En caso de que se pinten monumentos, el responsable tendrá que limpiarlos.
También se imponen medidas para los colados en los sistemas de transporte masivo. Además se estableció que al interior de las busetas y colectivos no podrá haber exceso de ruido y menos gente impidiendo la circulación de pasajeros.
Además, crea sanciones contra quienes invadan la intimidad en las redes sociales, y multas a quienes no recojan el excremento de sus mascotas en las vías públicas, o que saquen a pasear perros peligrosos sin collar, lazo ni bozal.
La norma ordena los empresarios u organizadores de espectáculos públicos que generen aglomeraciones a contratar seguridad privada para mantener el orden.
Antes de la votación definitiva, una de las controversias fue la facultad a la autoridad policial de adelantar un Proceso Verbal Inmediato para los presuntos infractores de las normas del Código de Policía.
Fue polémica porque la norma habilitaba a los Agentes de Policía a conducir a las personas hasta seis horas, oír sus descargos, e imponer sanciones. Para algunos era “justicia de bolillo”, pues los Agentes de Policía no están precisamente preparados para impartir justicia sino para hacer cumplir la ley. La controversia se zanjó instituyendo una segunda instancia para estos procedimientos.
En diálogo con Semana.com, el Viceministro de Defensa, Aníbal Fernández de Soto, dijo que la aprobación de la Cámara fue bastante rigurosa y el texto que salió en cuarto debate, en su criterio, fue muy enriquecido. Por ejemplo, su enfoque diferenciado para pequeños municipios incluye observaciones de animalistas, colectivos sociales como los LGTBI y su lenguaje se hizo más cercano a los ciudadanos. Hay más controles a los procedimientos policiales, aseguró el funcionario.
El Ministro de Defensa, Luis Carlos Villegas, dijo que el nuevo Código de Policía era una necesidad no sólo para el Gobierno, sino para la propia comunidad, pero también el mejor regalo que recibía en su día de cumpleaños.
El proyecto será conciliado por el Senado el próximo lunes, último día de la legislatura y pasará a las manos del Presidente Juan Manuel Santos para que entre en vigencia.
Fuente: Semana