¿Cómo implementar las NIIF en las empresas?
La discusión sobre las Niif (Normas Internacionales de Información Financiera) no para de crecer entre académicos y empresarios.
Hay muchos mitos alrededor de la aplicación de las Niif y la desconfianza por parte de quienes conforman la administración de las entidades, ya que ven el proceso como si apenas se estuviera iniciando, cuando se aplica desde hace más de tres décadas.
¿Qué se busca con las Niif?
El objetivo del IASB (ente emisor de las Niif), y de los países que han aceptado converger a estos estándares, es requerir que las transacciones y sucesos similares sean contabilizados e informados (presentados) de forma similar, y que las transacciones y sucesos distintos sean contabilizados e informados de forma diferente, tanto por una misma entidad en diferentes momentos del tiempo como por diferentes entidades.
En consecuencia, el IASB pretende que no haya posibilidad de elección de tratamientos contables.
Con la adopción de estas normas, las empresas entran a un proceso de mayor transparencia en sus operaciones integrando activamente el concepto de valor justo, facilitando su comparación global.
¿Quién debe aplicar las Niif?
Las normas están diseñadas para ser aplicadas en los estados financieros con propósito de información general y en otras informaciones financieras de todas las entidades con ánimo de lucro, de manera particular. No quiere decir esto que los entes sin ánimo no estén también involucrados (la Ley 1314 de 2009, involucra a entidades con y sin ánimo de lucro, por igual) de cualquier tamaño.
A partir del aumento de las regulaciones internacionales en materia financiera, la necesidad de visibilidad de las organizaciones, así como la integración de informes estandarizados para su presentación en distintos escenarios, hoy se han convertido en elementos obligados para las entidades.
¿Quiénes están obligados a aplicar las Niif completas?
Además de lo indicado en el Decreto 2784 de 2012 (para Colombia), IASB ha determinado que están obligados a aplicarlas las entidades que:
1- Tienen obligación pública de rendir cuentas (esto sucede cuando sus instrumentos de deuda o de patrimonio se negocian en un mercadopúblico o están en proceso de emitir estos instrumentos para negociarse en un mercado público, ya sea una bolsa de valores nacional o extranjera, o un mercado fuera de la bolsa de valores, incluyendo mercados locales o regionales).
De igual manera, cuando una de sus principales actividades es mantener activos en calidad de fiduciaria para un amplio grupo de terceros. Este suele ser el caso de los bancos, las cooperativas de crédito, las compañías de seguros, los intermediarios de bolsa, los fondos de inversión, entre otros muchos).
2- Que sean de interés público, es decir, publican estados financieros con propósito de información general para usuarios externos. Son ejemplos de usuarios externos los propietarios que no están implicados en la gestión del negocio, los acreedores actuales o potenciales y las agencias de calificación crediticia.
¿Qué hacen las que no aplican las Niif completas?
Las entidades que no están obligadas a aplicar las Niif completas, deben decidirse por el modelo que mejor les “calce”, entendiendo que la aplicación de estas normas de alta calidad es a la medida de cada empresa.
¿Las Niif completas son apropiadas para las Pymes?
La adopción de las normas para una Pyme no implica que no sean apropiadas para ellas.
IASB determinó que el objetivo de los estados financieros y la información financiera en general, tal como se establece en el marco conceptual, es apropiado tanto para las Pymes como para las entidades obligadas a aplicar las Niif completas.
Fuente: El País