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A partir del 1º de julio del 2019, la notificación electrónica al contribuyente es el mecanismo preferente

La notificación de las actuaciones de la administración tributaria debe efectuarse a la dirección informada por el contribuyente y, a partir de las modificaciones que adicionó la Ley 1943 del 2018, esta puede ser electrónica, indicó el Ministerio de Hacienda.   De acuerdo con esta disposición, a partir del 1º de julio del 2019, la notificación por medios electrónicos será el mecanismo preferente para notificar al contribuyente, responsable, agente retenedor y/o declarante. En el marco de los impuestos nacionales, la dirección de notificación se relaciona directamente con lo informado en las declaraciones...
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