
Cambios normativos para los Inspectores:
Ahora serán Inspectores de Convivencia y Paz
Se fortalece el rol de los inspectores en la promoción de la paz y la solución de conflictos. (Cambios normativos para los Inspectores:)
Una nueva ley promulgada en julio de 2025 cambia oficialmente la denominación de los “inspectores de policía” por “inspectores de convivencia y paz”, reforzando su papel en la gestión de conflictos ciudadanos, la promoción de la paz y la justicia restaurativa. Esta transformación se acompaña de nuevos lineamientos técnicos, administrativos y de formación profesional, con el objetivo de optimizar el funcionamiento de las inspecciones y garantizar un servicio más eficaz en todo el territorio colombiano.
Entre las nuevas atribuciones asignadas se encuentran:
- Conciliación en conflictos de convivencia
- Vigilancia del orden público, el medio ambiente y el uso del espacio público
- Aplicación de medidas correctivas
- Ejecución de órdenes de restitución
- Realización de comisiones judiciales
- Desarrollo de estrategias de justicia restaurativa y pedagogía de paz, en concordancia con el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana. (Cambios normativos para los Inspectores:)
Además, el ejercicio del cargo exigirá requisitos profesionales según la categoría del municipio:
- Municipios de categoría especial, primera y segunda: título de abogado, posgrado en áreas afines y 2.5 años de experiencia.
- Municipios de tercera a sexta categoría: título profesional en Derecho.
Los funcionarios actuales tendrán un plazo de tres años para cumplir con estos requisitos, y las entidades territoriales deberán implementar la normativa en un plazo de seis meses. Los inspectores actualmente vinculados podrán acogerse voluntariamente al nuevo régimen dentro del mismo plazo. También se ordena sustituir en toda la normativa nacional las expresiones “inspector de policía” e “inspección de policía” por las nuevas denominaciones oficiales. (Cambios normativos para los Inspectores:)
¿Qué pasa con la competencia para ejecutar comisiones judiciales?
Este cambio legal también reconfigura un debate que se ha mantenido desde la entrada en vigencia del Código Nacional de Policía (Ley 1801 de 2016). Según conceptos anteriores del Departamento Administrativo de la Función Pública, los inspectores de policía no estaban autorizados para realizar diligencias jurisdiccionales por comisión de los jueces, debido al principio de especialidad legal frente al Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012).
Sin embargo, con la nueva ley, los inspectores de convivencia y paz recuperan la facultad expresa de ejecutar comisiones judiciales, lo que amplía su campo de acción y fortalece su papel como agentes de justicia comunitaria. Aunque en su momento se determinó que solo podían ejecutar despachos comisorios iniciados antes de la entrada en vigencia del Código de Policía, esta nueva disposición revierte parcialmente esa limitación, siempre en articulación con el Código de Convivencia y los marcos normativos vigentes.
La interpretación y aplicación de estas competencias seguirá en parte dependiendo de la articulación institucional con los operadores judiciales, pero el nuevo enfoque permite un avance significativo hacia una gestión territorial más ágil de los conflictos, y un fortalecimiento institucional clave para la seguridad ciudadana y la convivencia pacífica. (Cambios normativos para los Inspectores:)
Fuente: Ambito Juridico
